Acuerdo del Comité de Radio y Televisión del IFE por el que se Emite un Criterio Respecto de la Reposición en Tiempo Comercial, de Promocionales y Programas de los Partidos Políticos y Autoridades Electorales...

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ACUERDO DEL COMITE DE RADIO Y TELEVISION
DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE
SE EMITE UN CRITERIO RESPECTO DE LA REPOSI-
CION EN TIEMPO COMERCIAL, DE PROMOCIONA-
LES Y PROGRAMAS DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y
AUTORIDADES ELECTORALES, POR PARTE DE LOS
CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS DE RADIO Y
TELEVISION
Publicado en el D.O.F. del 2 de enero de 2009
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Instituto Federal Electoral. ACRT/021/2008.
ACUERDO del Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral por
el que se emite un Criterio Respecto de la Reposición en Tiempo Comercial, de
Promocionales y Programas de los Partidos Políticos y Autoridades Electorales, por
Parte de los Concesionarios y Permisionarios de Radio y Televisión.
ANTECEDENTES
I. El 13 de noviembre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación
el Decreto que reforma los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el
precepto 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, el cual entró en vigor al día siguiente al de su publica-
ción, en términos de su Artículo Primero Transitorio.
II. El 14 de enero de 2008, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el
Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales, el cual entró en vigor al día siguiente al de su publicación en el mencio-
nado Diario, de acuerdo con su Artículo Primero Transitorio.
III. En el Artículo Noveno Transitorio del Decreto referido en el antecedente
previo, se impuso al Consejo General la obligación de dictar los acuerdos nece-
sarios para hacer efectivas las disposiciones establecidas en el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales, así como expedir los reglamentos que
se deriven del mismo a más tardar en 180 días a partir de su entrada en vigor, la
cual inició el 15 de enero del año en curso.
IV. En sesión extraordinaria celebrada el 8 de julio del año en curso, con cono-
cimiento de la opinión previa del Comité de Radio y Televisión, la Junta General Eje-
cutiva aprobó el Acuerdo JGE62/2008, por el que se propone al Consejo General la
V. En sesión extraordinaria de fecha 10 de julio de 2008, el Consejo General del
Instituto Federal Electoral aprobó el Acuerdo CG327/2008, por el que se expidió el
fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto del año en curso,
y entró en vigor al día siguiente, 12 de agosto.
CONSIDERANDO
1. Que los artículos 41, base V, párrafo primero de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 104 y 106 del Código Federal de Instituciones y Pro-
cedimientos Electorales disponen que la organización de las elecciones federales
es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo
denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimo-
nio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los par-
tidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el
ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad
y objetividad serán principios rectores.
2. Que de conformidad con el primer párrafo del Apartado A de la base III del
artículo 41 constitucional y los diversos 49, párrafo 5; 105, párrafo 1, inciso h) del
código electoral federal y 7, párrafo 1 del Reglamento de Acceso a Radio y Televi-
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ACUERDO COMITE RADIO Y TELEVISION DEL IFE

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