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- Decretos y Acuerdos de la Ley Del Seguro Social
Acuerdo ACDO.SA2.HCT.230713/204.P.DIR para adicionar con un lineamiento décimo primero-Bis al Acuerdo 187/2003 y su modificatorio ACDO.AS2.HCT.250309/56.P.DIR
Autor | José Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín |
Cargo del Autor | Contador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN) |
Páginas | 853-854 |
Page 853
(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de agosto de 2013)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.
El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.SA2.HCT230713/204.P.DIR, en los siguientes términos:
Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones VIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 1 o., 5o. y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31 .fracciones 11 y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 194, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 306 del 12 de julio de 2013, así como de la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 10 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Adicionar con un Lineamiento Décimo Primero-Bis, el Acuerdo 187/2003, dictado el 14 de mayo de 2003 y su modificatorio ACDO.AS2.HCT.250309/56.P.DIR, dictado el 25 de marzo de 2009 por este Órgano de Gobierno, y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2003 y 2 de abril de 2009, respectivamente, para quedar en los siguientes términos: 'DÉCIMO PRIMERO-Bis.- Se autoriza a la Dirección de Incorporación y Recaudación a automatizar la aplicación de los beneficios de condonación de multas en los porcentajes establecidos en dichos Acuerdos, a través del Sistema de Pago Referenciado (SIPARE), que validará de manera automática los supuestos de aplicación de los beneficios de condonación y generará la línea de captura correspondiente. Asimismo, se autoriza la automatización a través del SIPARE, del cálculo de la reducción del importe de la multa del 20%, prevista en el artículo 189, del Reglamento antes mencionado'. Segundo.-
Page 854
La Dirección de Incorporación y Recaudación, por conducto de la Unidad de Fiscalización y Cobranza, en un plazo que no podrá exceder de 60 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, hará las gestiones conducentes ante la unidad administrativa del Instituto responsable de los sistemas...
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- Acuerdo 001/DIR y su Anexo Único por el cual el IMSS da a conocer los formatos de trámites de afiliación con motivo de la aplicación de la Ventanilla Única Nacional
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