Acto de comercio

AutorMaría Susana Dávalos Torres
Páginas49-62
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Capítulo tercero
Acto de comercio
En este capítulo, definiremos al acto de comercio para después identificar las
características del mismo y los tipo s de acto de comercio con base en l a clasi-
ficación de Roberto Mantilla Molina.
I. Definición de acto de comercio
Utilizamos el tér mino “acto de comercio”, para distinguir aquéllos actos
jurídicos regulados por el derecho mercantil, de los “actos civiles”, que son
aquéllos regulados por el derecho civil.
Aparentemente, el acto de comercio es sinónimo de comercio; sin em-
bargo, el concepto de comercio es demasiado amplio como para acotarlo
exclusivamente al derecho mercantil. El comercio es un concepto económi-
co que se puede definir como el intercambio de bienes o servicios; como
lo explicamos, jurídicamente, el intercambio de bienes o servicios se puede
llevar a cabo a través de un acto jurídico regulado por el derecho mercantil
o por el derecho civil, de ahí el problema que implica utilizar el concepto
de comercio como sinónimo de acto de comercio.
Por esta razón, para definir al acto de comercio, es necesario utilizar un
criterio formal en lugar de un cr iterio material. Con base en un criter io
formal, el acto de comercio puede ser definido como el acto jurídico ca-
lificado como mercantil por la ley.
Desde el punto de vista de la lógica, esta definición es circular; no obs-
tante, dado el criterio for mal que rige al derecho mercantil, ésta es la mejor
manera de definir al acto de comercio.
Cabe destacar que el problema de la definición de acto de comercio no
sólo se presenta en nuestro sistema jurídico sino en todos aquellos sistemas
cuyo derecho privado ha sido dividido en dos ramas: derecho civil y derecho
mercantil.
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