¿Es acreditable el IVA en autofacturación?

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Trabajo en una firma de contadores. Recientemente, un cliente que se dedica a fabricar artículos de hule contactó a un grupo de campesinos que tienen árboles de este tipo, a los cuales se los pretende comprar y aplicar al efecto la facilidad de autofacturación conforme a las reglas 2.5.1, 2.5.2 y 2.5.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2006-2007, pero ignoro si el IVA causado por tales operaciones se pueda acreditar.

Lector de Cuernavaca, Morelos

Pregunta

¿El posible efectuar el acreditamiento del IVA causado en operaciones de autofacturación?

Respuesta

La regla 2.5.1 de la RMF para 2006-2007 establece lo siguiente:

2.5.1. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, la adquisición de los bienes que se señalan en esta regla, se podrá comprobar sin la documentación que reúna los requisitos a que se refieren los citados preceptos, siempre que se trate de la primera enajenación realizada por:

  1. Personas físicas dedicadas a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o de pesca, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieren excedido de una cantidad equivalente a 40 veces el salario mínimo general de su área geográfica elevado al año, siempre que el monto de las adquisiciones efectuadas con cada una de estas personas en el ejercicio de que se trate, no exceda la citada cantidad, respecto de los siguientes bienes:

    f) Otros productos del campo no elaborados ni procesados.

    Por otro lado, el artículo 2o.-A de la Ley del IVA...

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