Acoso laboral indígena. Otra visión del moobbing

AutorEsperanza Sandoval Pérez
CargoLicenciada en Derecho por la Universidad Veracruzana
Páginas183-198
183
Acoso Laboral Indígena. Otra visn del Mobbing
Esperanza Sandoval Pérez1
RESUMEN.
La reforma a la Ley Federal
del Trabajo de noviembre de 2012 con la
finalidad de erradicar el hostigamiento y el
acoso sexual (Art. Bis) incluye estas
conductas como causas de recisión de la
relación de trabajo sin responsabilidad para
el trabajador (Art. 51, frac.II). Esto
despierta el interés de analizar si la citada
reforma protege también al servidor
doméstico -especialmente indígena- víctima
de acoso laboral o mobbing quien realiza su
trabajo en un entorno familiar; de no ser así,
los prestadores de servicio doméstico quedan
en estado de indefensión y de sufrir
mobbing, poniendo en duda el desarrollo del
trabajo con respeto a los principios de
igualdad y de no discriminación.
Palabras clave: acoso sexual, acoso
laboral, ambiente laboral, empoderamiento,
entorno doméstico, hostigamiento, servicio
doméstico, violencia psicológica, violencia
laboral.
ABSTRACT
.
The reform of the Federal
Labour Act of November 2012 with the aim
of eradicating harassment and sexual
harassment (Art. 3 Bis) includes these
behaviors as causes of termination of the
employment relationship without
responsibility for the worker (Art. 51,
frac.II). This arouses the interest of
analyzing whether the aforementioned
reform also protects domestic Server -
especially indigenous-victim of workplace
harassment or mobbing who carries out its
work in a family environment; If not,
domestic service providers are in a State of
helplessness and suffering mobbing, calling
into question the development of the work
with respect to the principles of equality
and non-discrimination.
Key s words: sexual harassment,
harassment at work, working environment,
empowerment, home environment,
harassment, domestic service, psychological
violence, workplace violence.
Artículo recibido el 28 de marzo de 2014 y aceptado para su publicación el 19 de mayo de 2014.
 Licenciada en Derecho por la Universidad Veracruzana; con Especialidad en Derecho Penal por
el Instituto d e Iberoamérica y Portugal de Salamanca, España; con grado de Maestra en Ciencias
Penales y de Doctora en Derecho Público por el Instituto de Investigaciones Jurídicas y profesora
de tiempo completo por op osición en la Facultad de Derecho en la UV, investigador estatal
(COVECYT2009) y del SNI (CONACYT 2009-2011, 2014-2016).
Esperanza Sandoval Pérez
Letras Jurídicas pp. 183-200 Núm. 29 (Enero-Junio 2014)
SUMARIO:Introducción. 1. Marco regulatorio; 2. Ideología de la reforma laboral
(2012); 3. Acoso laboral o mobbing. Modalidades; 4. Ambiente laboral y entorno del
servicio doméstico; 5. De la reforma laboral a la dogmática penal; 6. Hacia la
protección efectiva del servidor doméstico indígena. Conclusn. Bibliografía.
Introducción
En una sociedad globalizada no es común ocuparse de temas relacionados con el
servicio doméstico y menos cuando la persona trabajadora pertenece o proviene
de un grupo indígena quien por naturaleza habla una lengua diferente al español.
Esto, en numerosas ocasiones ha sido suficiente para estigmatizarlos, apartarlos
socialmente, no respetar sus derechos, ni las condiciones mínimas en que presta el
servicio.
La anterior situación de vulnerabilidad despierta el interés de analizar el
Decreto del 1 de septiembre de 2012 mediante el cual se reforma, adiciona y
derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en el que se
plantea la necesidad de mejorar las condiciones laborales de los servidores
domésticos y se define el hostigamiento y el acoso sexual (A rt.3º Bis), mismas que
incluye como causas de recisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para
el trabajador (Art. 51, Frac.II), entre otras cosas.
El propósito de este trabajo radica en determinar si estas disposiciones
extienden su protección hacia el servidor doméstico en general y en especial al
indígena, quien como todo ser humano es susceptible de sufrir acoso laboral, con
base en el derecho a la no discriminación, criterio que resulta sumamente útil para
evitar que sufra de alguna forma de mobbing.
Con relación al tema se plantean los cuestionamientos siguientes: ¿Cómo se
regula el servicio doméstico ? ¿Cuál es la ideología de la reforma laboral de
noviembre de 2012? ¿Cuál es la semántica del acoso laboral? ¿Existe diferencia
entre lo s conceptos: ambiente laboral y entorno de servicio doméstico? Si la respuesta es
que ambos conceptos son concordantes ¿La citada reforma protege también a las
(os) trabajadoras (es) domésticas (os) víctimas de este tipo de violencia? Si la
intención de legislador es procurar una protección más amplia a todo trabajador y
evitar el acoso laboral ¿Por qué omitió incluir el hostigamiento y el acoso sexual
como justa causa de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el
servidor doméstico?
En consecuencia el objetivo general se centra en proponer acciones concretas
para erradicar el acoso laboral -maltrato psicológico- del que es víctima el servidor
domestico indígena por parte de su empleador-patrón (a)-; que además contribuye
a que se profundice la brecha de desigualdad en que se encuentra de frente a la
ley.
Con relación a la estructura metodológica primero se hace referencia a la
regulación jurídica del servicio doméstico en el ámbito internacional, nacional y de
la entidad veracruzana; en segundo lugar se analiza la iniciativa con proyecto de

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