Aclaraciones respecto a requerimientos del Infonavit. Preséntelas a través del Módulo de @claraciones

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Introducción

Una de las facultades del Infonavit como organismo fiscal autónomo es verificar que las empresas cumplan con las obligaciones que en materia de vivienda de los trabajadores imponen la Ley del Infonavit, sus reglamentos, y demás disposiciones supletorias que en su caso procedan para el cobro coactivo de los créditos fiscales determinados.

Así, en caso de que el Infonavit detecte algún incumplimiento podrá determinar el importe de las aportaciones patronales y de los descuentos omitidos, adicionando a éstos la actualización y los recargos que procedan, para lo cual señalará las bases para liquidar el crédito.

En ocasiones, los requerimientos que envía el Infonavit se derivan de diversas cuestiones ajenas al patrón o por errores en los pagos, por lo que es necesario informar al instituto de esas situaciones para que sea cancelado dicho crédito fiscal; al respecto, se puede hacer la aclaración correspondiente vía presencial en las oficinas del instituto, o bien, de manera electrónica en el portal de Internet del Infonavit, Módulo de @claraciones.

En este sentido, comentamos los principales aspectos por observar en la aclaración de requerimientos mediante Internet a través del Módulo de @claraciones del instituto.

Tipos de aclaraciones que se pueden realizar en el Módulo de @claraciones

Los motivos por los que se puede solicitar una aclaración en el módulo mencionado pueden ser los siguientes:

Motivo de la aclaración Datos y documentos que se deberán anexar, según el caso
Inconsistencias en retenciones por reestructuras de créditos: esta causal sucede cuando el factor de descuento de los créditos Infonavit que utiliza el patrón para efectuar las amortizaciones es menor al factor requerido. · Número de seguridad social del trabajador (NSS). · Número de crédito. · Número de caso Infonatel (si se cuenta con convenio). · Aviso de retención (si no se cuenta con con- venio).
Créditos no cancelados por dación en pago: esta causal se origina cuando Hipotecaria Social no canceló de manera definitiva el crédito en su sistema como resultado de una dación en pago. · NSS. · Número de crédito.
Retención de amortizaciones por múltiples relaciones laborales: la regla de negocio anterior al cuarto bimestre de 2011, era incluir en la noti- ficación de los acreditados con cuota fija todas las relaciones laborales. · NSS. · Número de crédito.
Pago directo del crédito del trabajador: se da cuando el trabajador paga en ventanilla directamente, con lo cual el importe se abona a capital y no sustituye su amortización, por lo que se requiere al patrón por este concepto. · NSS. · Número de crédito. · Reconocimiento de adeudo firmado por el trabajador. · Comprobante de pago de ambos meses del bimestre.
Créditos no ejercidos: se genera cuando el trabajador no reconoce haber ejercido el crédito de vivienda. · NSS. · Número de crédito.
Amortización de primera vez en cédula: cuando un acreditado sea un empleado de
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