Acerca del sindicato.

AutorOctavio Fabián Lóyzaga de la Cueva
CargoDoctor en Derecho, Doctor en Ciencia Política, Profesor Investigador del Departamento de Derecho, UAM-A, Investigador Nacional SNI.
Páginas227-262
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Acerca del sindicato pp. 227-262
Acerca del sindicato
Octavio Fabián Lóyzaga de la Cueva*
SUMARIO
: Introducción / I. Épo ca de la prohibición. De la acumulación origi naria
al periodo liber al / II. Legislación de excepción / III. Gene ralización de las leyes de
excepción / IV. El sindicato en la época neolib eral / V. El sindicato en el México
de hoy / VI. Reglamentación a ctual / Bibliohemerografía
* Doctor en Dere cho, Doctor en Ciencia Política,
Profesor Investiga dor del Departame nto de Derecho, UAM-A, Investigad or Nacional SNI.
This article ai ms to analyze the
union as an instit ution from a
critical and interdisciplinary
perspective: it is a hi storical
explanation f rom its inception
until the neoliberal e ra and
current legal regulations in
Mexico, it also includ es a
review of regulations favoring
corporatism a nd control the labor
movement, free dom of association
 
registratio n, denial of it, the
exclusion claus e, character and
use of the statutes, e tc.
Este artícu lo tiene por objeto analizar
desde un punto de v ista crítico e
interdiscipli nario al sindicato como
institución: en él se h ace un recuento
histórico desde s u surgimiento hasta la
época neolibera l y su reglamentación
jurídica act ual en México, incluye
el análisis de la norm atividad que
favorece el corporat ivismo y el
control del movimiento ob rero, la
  
como el registro sind ical, la negación
del mismo, la cláusula de exclusión,
el carácter y uso de lo s estatutos,
etcétera.
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Sección Artículos de Investigación
228 alegatos, núm. 80, México, enero/abril de 2012
Introducción
El sindicato surge en el mundo como una reacción general ante la explotación de que
es víctima la nueva clase proletaria emergente que se ve obligada a vender su fuerza
de trabajo para sobrevivir y al tener que acatar las condiciones impuestas por los
propietarios de los medios de producción, surgiendo así la unión de los trabajadores
en una sociedad atravesada por una lucha de intereses divergentes y contrapuestos
dentro de un nuevo modo o sistema de producción.
El sindicato en su sentido moderno, es decir, como la organización de los tra-
bajadores para la defensa de sus derechos y el mejoramiento de sus condiciones de
trabajo, parece encontrar sus orígenes más lejanos y “discutibles en la antigüedad
preclásica (Egipto, China e India) y clásica ( romanos que alcan-
zan gran desar rollo en el siglo IV de nuestra era)”, sin embargo, los antecedentes
más característicos de los actuales movimientos sindicales se hallan en los com-
pagnonnages   
              
tiene antecedente en el gremio: no es una derivación gremial, sino una reacción
antigremial”.1
 
El contexto en el que aparece y se desarrolla, es en el que irrumpe el capitalismo
como sistema de producción y en donde el sector empresarial empieza a monopo-
          
legislación como el ejercicio del poder en una sociedad capitalista están consagrados
esencialmente a apoyar a los patrones”.2     
que el esfuerzo más grande e i nsistente del incipiente movimiento obrero “haya sido
dirigido a la creación de organizaciones de autodefensa en tales sociedades”.3
El Estado ha tenido a través de la legislación un comportamiento distinto a lo
largo de la evolución del sindicato, en la que ha coadyuvado. Primeramente, un pe-
riodo de prohibición que ha correspondido básicamente a la acumulación originaria
y más adelante a la entrada del periodo libe ral en donde el sindicato resulta ilícito, lo

que se tolera, e incluso en algunos sectores laborales se admite. Vendría después el

nivel mundial;4 unas veces funcionando de acuerdo al sentido mismo de su creación
y otras favoreciendo al sistema.
1 Alfre do Montoya Melgar, Derecho del t rabajo, 
2 Citado en Al fredo Montoya Melgar, Op. cit ., p. 113.
3 Loc. cit.
4 Alfre do Montoya Melgar, Op. cit., p. 113.
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I. Época de la prohibición. De la acumulación originaria al periodo
liberal
Cabe precisar que contrario sen su de lo que sucede hoy, formalmente por lo menos,
en tiempo de neoliberalismo (porque la realidad no concuerda con la nor matividad),
durante la llamada a cumulación originaria, en la legislación, en lugar de encontrarse
establecidos el salario mínimo y jornada máxima, lo que se reglamentaba entonces
era el salario máximo y la jornada mínima. En el Statuto of Lab ourers de1 349 de
Eduardo III se prohibía bajo pena corporal cubr ir salarios mayores a los indicados
en tal ordenamiento. Por otra parte, en el mismo código, la jornada para los artesa-
     
de la noche. Durante el invierno la jornada concluía al entrar la noche, es decir al
ponerse el sol.
Durante esta etapa del capitalismo, los derechos colectivos de los trabajadores,
fundamentalmente, el sindicato y la huelga estuvieron proscritos. Como sabemos,
Inglaterra fue el primer país donde se desarrolló el capitalismo industrial; desde el
siglo XIV hasta 1825 cuando fue derogada toda la normatividad anticoalicionista,
“las coaliciones obreras son consideradas un grave crimen”. Dentro del lapso se-
        
ejemplo, “Jorge II amplió las leyes contra las coaliciones obreras a todas las manu-
fa ct u r as ”.5
Como se ha subrayado, las organizaciones emergentes agrupaban a trabajadores
por cuenta ajena, es decir, asalariados. Estas coal iciones eran diferentes a los que se
organizaban frente a los gremios que empezaban a ser rebasados. Esta nueva unión
era ahora para enfrentar a los empresarios.
           
presidido “por un periodo largo de agrupaciones intermitentes de trabajadores por
      -
mental era el de las remuneraciones [...].6 Con la excepción de sectores laborales
industriales como los de miner ía, o los de carácter textil por encargo, las coaliciones
intermitentes primero, y las permanentes posteriormente surgen a nivel empresa o
 7
5 Carlos Mar x, El Capital, Fondo de Cultu ra Económica, Colombia 1976, p. 629.
6 Manuel Alonso Olea, Intr oducción al der echo del trab ajo, Ed. Revista de D erecho Priva do, Madrid,
1981, p. 323.
7 Ibid, p. 324. “El conjunto de trabajador es reunidos por su trabajo en u n mismo local [...] es en si mismo
una agru pación con una comunida d de intereses; aunque cad a uno de ellos esté ligado ind ividualmente
con el empresar io en virtud de u n contrato (o relación de tr abajo) particular, los fact ores citados dan ba se
casi natur al a la acción colectiva sobre la que el si ndicato reposa”. Loc. cit.
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