¿Un accionista de una sociedad anónima puede acreditar ese carácter mediante un certificado provisional?

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Soy contador independiente. Un amigo me comentó que forma parte de una sociedad anónima, y al realizar sus aportaciones de capital le expidieron un certificado provisional que las ampara, pues los títulos nominativos (acciones) que le corresponden se los entregarán dentro de seis meses. Me preguntó si puede acreditarse como accionista de esa sociedad con el certificado provisional que le otorgaron. Ignoro lo anterior.

Lector de Monterrey, Nuevo León

Pregunta

¿Un accionista de una sociedad anónima puede acreditar ese carácter mediante un certificado provisional?

Respuesta

Sí, por lo siguiente:

El artículo 111 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) dispone lo siguiente (énfasis añadido):

111. Las acciones en que se divide el capital social de una sociedad anónima estarán representadas por títulos nominativos que servirán para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio, y se regirán por las disposiciones relativas a valores literales, en lo que sea compatible con su naturaleza y no sea modificado por la presente Ley.

Por su parte, el artículo 124, párrafos primero y segundo, de la LGSM estipula lo siguiente (énfasis añadido):

124. Los títulos, representativos de las acciones deberán estar expedidos dentro de un plazo que no exceda de un año, contado a partir de la fecha del contrato social o de la modificación de éste, en que se formalice el aumento de capital.

Mientras se entregan los títulos podrán expedirse certificados provisionales, que serán siempre nominativos y que deberán canjearse por los títulos, en su oportunidad.

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De acuerdo con lo anterior, cabe precisar los aspectos siguientes:

1. Las acciones de la sociedad anónima se representan por títulos nominativos.

2. Los títulos nominativos sirven para acreditar y...

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