Abstencionismo y participación electoral

AutorJosé Thompson
Cargo del AutorProfesor titular de derecho internacional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica
Páginas266-286
XIV. ABSTENCIONISMO Y
PARTICIPACIÓN ELECTORAL
JOSÉ THOMPSON*
1. INTRODUCCIÓN
Motivo de debate y de variadas interpretaciones, la cuestión de la absten-
ción en el ejercicio del voto y las motivaciones que la generan requiere de
aclaraciones, tanto en su sentido mismo como en las implicaciones que vá-
lida y jurídicamente pueden asignársele.
En lo que sigue, se aborda el concepto, la naturaleza y los elementos
discernibles en el ámbito del fenómeno, y se consideran sus implica-
ciones para la salud del régimen democrático. Para el caso particular de
América Latina, en los 18 países incluidos importa también cotejar la
variedad de regímenes en materia del ejercicio del voto, ya que produce di-
versas consecuencias para la participación o abstención. De esta manera,
se busca dejar planteadas algunas reflexiones acerca del estímulo de la
participación por medio del sufragio, si es que este estímulo es válido y
pertinente.
2. CONCEPTO DE ABSTENCIONISMO
El Diccionario electoral define abstencionismo como “la no participación
en el acto de votar de quienes tienen derecho a ello […] es un indicador de
la participación: muestra el porcentaje de los no votantes sobre el total
de los que tienen derecho de voto” (Alcubilla, 2000: 1). En este caso el tér-
mino se define de manera negativa, esto es, por la contraposición entre
participantes y abstencionistas en un proceso determinado, y el factor di-
ferenciador entre ambas categorías, es el hecho de ejercer efectivamente
el sufragio.
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* El autor agradece la invaluable colaboración de Lucía Coto, funcionara de Capel, para la
recopilación de la información actualizada necesaria para éste capítulo.
Otros autores ven el abstencionismo más bien como la escogencia de
un comportamiento distinto del de sufragar por una de las opciones en un
proceso determinado. En efecto, para algunos existe lo que se denomina
“abstención activa”, que se expresaría en los votos en blanco —y aun en los
votos nulos—, esto es, en la votación que, producida en las urnas, se sepa-
ra de las opciones, partidarias o individuales, abiertas al electorado (Her-
nández Bravo, 2004). En esta concepción, la no concurrencia a la mesa
electoral, el ausentismo electoral, se uniría a la votación expresada en las
papeletas en blanco o anuladas intencionalmente en la conformación de la
categoría mayor, el abstencionismo.
Para los efectos del presente documento, preferimos afiliarnos a la ma-
yor parte de la doctrina y excluir de la definición de abstencionismo aque-
llos casos en que el elector concurre a la votación y ejerce su derecho a
voto, ya que consideramos que el campo abarcado por el abstencionismo
es suficientemente amplio y complejo en su entidad como para añadirle
manifestaciones de voluntad similares en algunos aspectos, pero distantes
en otros, puesto que quien concurre a las urnas y emite un voto en blanco
tiene más elementos en común —al menos objetivamente hablando— con
quien vota por un partido determinado que con quien no concurre al recin-
to de votación. En tal sentido, abstencionismo y ausentismo serían concep-
tos paralelos.
Lo anterior, sin embargo, no agota la materia relativa a la definición y
al concepto de abstencionismo. En esta noción se incluyen circunstancias
que deben ser desagregadas, si queremos analizar las causas y consecuen-
cias o, mejor dicho, los factores desencadenantes y las implicaciones del
abstencionismo. En general, tiende a sugerirse que abstencionismo equi-
vale al alejamiento voluntario de las urnas, a disposición consciente —o
relativamente consciente— de no ejercer el voto, de mantenerse ausente
de un proceso para el cual se está calificado para participar. Si esto es
lo que entendemos por abstencionismo —y por las negativas implicacio-
nes que muchos le asignan pareciera que ése es el caso—, entonces debe-
mos destacar algunas circunstancias que inciden en el ausentismo electo-
ral, pero que no dependen enteramente de la voluntad del sujeto que se
“abstiene”.
En primer lugar, deberíamos distinguir los casos en que el absten-
cionismo se produce por factores objetivamente ajenos a la voluntad del
potencial elector. Entre ellos, lo que Alcubilla (2000) llama “abstención
estructural”, esto es, derivada de la estructura misma del proceso electo-
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