S

AutorMtro. Julio César Torres Velasco
Páginas204-212
204
S
Término Denición Fundamento Legal o
Normativo
Comentarios Precedentes
Riesgo inherente
Riesgo Soberano
Riesgo
Robo de identidad
Rotación de Inventario
Salario base de
cotización
Saldos a favor de IVA
Secretaría de
Hacienda
Riesgos inherentes individuales para lograr los
objetivos de negocio. Los riesgos inherentes
son los riesgos que podrían ocurrir si no se
implementaron controles para mitigar el riesgo.
Es aquel que poseen los acreedores de títulos
de estatales, e indica la probabilidad de que una
entidad soberana no cumpla con sus pagos de
deuda por razones económicas y nancieras.
Es la exposición a una pérdida, por la
ocurrencia de un evento futuro que cambie las
circunstancias actuales o esperadas que han
servido de fundamento a la valuación de los
activos o pasivos de la entidad.
Es un fraude que consiste en que alguien
obtiene y utiliza indebidamente los datos
personales de otra persona, de manera que
implica un fraude o engaño, típicamente por un
benecio económico.
Razón de ventas anuales a promedio de
inventarios que muestra cuentas veces vendió
y remplazo el inventario durante un periodo
contable.
El salario base de cotización se integra con los
pagos hechos en efectivo por cuota diaria, y
las graticaciones, percepciones, alimentación,
habitación, primas, comisiones, prestaciones en
especie y cualquier otra cantidad o prestación
que se entregue al trabajador por sus servicios.
IVA trasladado por el contribuyente
Menos: IVA retenido al contribuyente
Igual: IVA trasladado neto
Menos: IVA acreditable
Igual: Saldo a favor en caso de que el IVA
acreditable supere al IVA trasladado neto.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público del
Gobierno Federal.
Normas Internacionales de Auditoría
Interna.
No disponible.
NIF C-10, Instrumentos nancieros
derivados y relaciones de cobertura.
No disponible.
No disponible.
Artículo 32 LSS’73
Artículo 5-A fracción XVIII, 27 LSS ’97.
No disponible.
XXVIII.
No disponible.
No disponible.
Ídem.
No disponible.
Es una herramienta para medir la eciencia
en el manejo del inventario y poder
comparar con ejercicios anteriores o bien,
con otras entidades del mismo sector.
Como bien es cierto, no es lo mismo la
integración del salario para scal, laboral
y seguridad social, es por eso que la LSS
le llama salario base de cotización, porque
las cuotas obrero–patronales se basan en
el salario que percibe el trabajador por su
trabajo, aunque tiene sus excepciones que
nos marcan la misma fundamentación antes
mencionada, en realidad todo lo que le des
con motivo y por su trabajo si van a integrar
a esta base salarial. De igual manera
el Instituto por medio de su H. Consejo
técnico muestra algunos criterios para su
no integración o su integración de algunas
prestaciones adicionales a su salario.
No existe una denición en Ley del IVA.
De la que depende la Unidad de
Contabilidad cuyo titulas es el Secretario
Técnico.
No aplica.
No aplica.
No aplica.
No aplica.
No aplica.
Acuerdos relevantes del Consejo
Técnico del IMSS referentes a la
integración del salario:
Asistencia y puntualidad. Acuerdo
N°496/93.
Despensa. Acuerdo N°495/93.
Fondo de ahorro. Acuerdo
N°494/93.
Propinas previamente pactadas,
integración al salario base de
cotización. Acuerdo N°8497/81.
Seguros de vida, invalidez y gastos
médicos, bonos de productividad y
antigüedad, ayuda para transporte,
alimentación. Acuerdo N°77/94.
No aplica.
No aplica.
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