¿Qué tasa de IVA le corresponde a la enajenación de un equipo de riego agrícola usado?

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Me desempeño como auxiliar contable de una persona moral del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras que se dedica a la siembra y cosecha de diferentes legumbres. La empresa cuenta con dos equipos de riego agrícola usados, que desea vender, pues en días pasados adquirió uno más potente. Entiendo que la enajenación del bien no está exenta del IVA, ya que se trata de la venta de un bien usado hecha por una empresa, por lo que la tasa de IVA aplicable sería la de 16%; sin embargo, el contador insiste en que la tasa aplicable es de 0%, situación en la que no estoy de acuerdo porque esa tasa aplica en la enajenación de bienes nuevos.

Lector de Tepic, Nayarit

Pregunta

¿Qué tasa de IVA le corresponde a la enajenación de un equipo de riego agrícola usado?

+ Respuesta

La de 0%, conforme a lo siguiente:

El artículo 9o., fracción IV, de la Ley del IVA establece lo siguiente:

9o. No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. Bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Según se aprecia, la enajenación mencionada no se encuentra exenta del pago del IVA debido a que el bien usado es enajenado por una empresa.

Al efecto, el artículo 2o.-A de la Ley del IVA dispone lo siguiente (énfasis añadido):

2o-A. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

  1. La enajenación de:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

e) Tractores para accionar implementos agrícolas, a excepción de los de oruga, así como llantas para dichos tractores; motocultores para superficies reducidas; arados; rastras...

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