Introducción

AutorHonoré A. Bornacini Hervella/Vicente Romero Said
Páginas5-6

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Antes de comenzar es muy importante hacer una serie de precisiones, respecto de las disposiciones a considerar para la preparación tanto de la Declaración Anual 2013 como de los Pagos Provisionales y Mensuales 2014.

En primer lugar, como todos sabemos la Ley del Impuesto Sobre la Renta 2013 junto con las Leyes del Impuesto Empresarial a Tasa Única y del Impuesto a los Depósitos en Efectivo fueron abrogadas, sin embargo a través de sus disposiciones transitorias, sus obligaciones y derechos permanecen en el tiempo; por lo que la Declaración Anual correspondiente al Ejercicio 2013, deberemos de elaborarla tomando en cuenta la totalidad de las disposiciones de las leyes aplicables, vigentes al 31 de diciembre de 2013.

Por otro lado, a partir del 1° de enero de 2014 entraron en vigor , tanto una nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta como cambios a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por lo que estas serán las disposiciones que junto con la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 y los Decretos de Estímulos Fiscales vigentes, deberemos tomar en cuenta en la preparación de los Pagos Provisionales y Mensual del ejercicio 2014.

Con el propósito de ofrecer una Guía que reúna todos los elementos necesarios para facilitar una correcta preparación y llenado de la declaración anual de ISR, IDE e IETU de las Personas Morales que tributan con base en el Título II (Régimen General) de la LISR, se elaboró el presente trabajo, que en forma temática analiza cada uno de los aspectos importantes de tal aventura. Por tanto, invitamos al lector a consultar el temario de la obra, donde encontrará el detalle de su contenido.

El presente libro, de acuerdo con el párrafo anterior, se ha limitado al análisis de las obligaciones en materia de ISR e IDE y sus correlativas en el IETU de las Personas Morales señaladas, por lo que no incluye las disposiciones relativas al Régimen Simplificado ni a otras opciones de la LISR, ya que por su misma complejidad y amplitud, es necesario tratarlas en forma independiente. Tampoco incluimos las obligaciones relativas al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) porque sus disposiciones aplican a un número muy reducido de contribuyentes.

Por otro lado, también consideramos conveniente incluir las disposiciones aplicables al cálculo de los pagos provisionales del ISR y las relativas a los pagos mensuales de IVA; temas donde siempre es necesario actualizarse sobre los cambios que en su caso, introducen anualmente las...

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