Estímulo fiscal que permite a las personas físicas deducir en el ISR el pago de ciertas colegiaturas
Índice
- Personas físicas que pueden gozar de este beneficio
- ¿En qué consiste?
- Tipos de educación que gozan de este beneficio
- Requisitos para gozar de este estímulo
- Casos en los que no será aplicable este beneficio
- Obligación de las instituciones educativas comprendidas en el Título III de LISR en relación con la expedición de comprobantes fiscales
- Forma en la que deberá realizarse el pago de colegiaturas
- Límites anuales de deducción en el pago de colegiaturas
- Otros aspectos
- Casos prácticos
- Introducción