Título sexto. De la solución de controversias
Capítulo I. De las instancias de inconformidad
- Artículo 116. Requisito de procedibilidad para interponer inconformidad
- Artículo 117. Plazo para interponer inconformidad en procedimientos internacionales bajo tratados
- Artículo 118. Notificaciones personales fuera del lugar de residencia de la autoridad instructora
- Artículo 119. Requisito para solicitar la suspensión del acto impugnado
- Artículo 120. Otorgamiento de garantías cuando se concede la suspensión del acto impugnado
- Artículo 121. Requisitos que debe cumplir el informe previo
- Artículo 122. Elementos que debe considerar el informe circunstanciado
- Artículo 123. Argumentos esgrimidos en la ampliación de la inconformidad
- Artículo 124. Requisito para tener como rendidos los alegatos
- Artículo 125. Facultad de la SFP para intervenir de oficio
Capítulo II. Del procedimiento de conciliación
- Artículo 126. Alcances o efectos de la presentación de solicitud de conciliación
- Artículo 127. Procedencia e improcedencia de la conciliación
- Artículo 128. Requisitos del escrito de solicitud de conciliación
- Artículo 129. Términos para tramitar la conciliación
- Artículo 130. Requisitos que debe contener el escrito de contestación
- Artículo 131. Requisitos para desarrollar las audiencias de conciliación
- Artículo 132. Alcance jurídico de los convenios alcanzados en la conciliación
- Artículo 133. Terminación de la conciliación por no continuar una de las partes
- Artículo 134. Formas de conclusión de la conciliación
- Artículo 135. Reporte del cumplimiento de los acuerdos producto de la conciliación
- Artículo 136. Documentación que debe conservar la SFP
Capítulo III. Del arbitraje