Vigencia de la Constitución de 1917

AutorFrancisco Venegas Trejo - José Fuentes García - Armando Soto Flores - Ignacio Burgoa Orihuela - José Miguel Madero Estrada
Páginas314-390

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Vigencia de la Constitución de 1917

Desarrollo cronológico del Congreso Constituyente de Querétaro

FRANCISCO VENEGAS TREJO*

La revolución triunfante se enfrentó jurídicamente a tres alter-nativas: a) restablecer íntegramente la Constitución de 1857;
b) introducirle reformas por el procedimiento especial previsto por el artículo 127 (artículo 135 de la Constitución en vigor), o
c) convocar a un Congreso Constituyente.

La resolución que adoptaron fue la última, la de convocar y

reunir a un Congreso Constituyente con totales facultades para restructurar al Estado como expresión indubitable de la soberanía popular. Obrando con congruencia, Venustiano Carranza expidió, el 11 de septiembre de 1916, el decreto para la formación de un Congreso Constituyente, con la finalidad de que recogiera y enriqueciera las reformas al Plan de Guadalupe adoptadas en el puerto de Veracruz. Publicada la convocatoria el 21 de septiembre, un mes después, el 22 de octubre, tuvieron lugar las elecciones, y los presuntos diputados se reunieron en la ciudad de Querétaro a partir del 20 de noviembre de ese año.

Desde el 20 y hasta el 30 de noviembre tuvieron lugar las 11 sesiones preparatorias, verificadas tres en la Academia de Bellas Artes y ocho en el entonces Teatro Iturbide. En la última sesión preparatoria, verificada el 30 de noviembre, se eligió a los integrantes de la mesa directiva para los dos meses que abarcaría el

* Doctor en derecho. Director del Seminario de Derecho Constitucional y Amparo en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

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único periodo ordinario de sesiones del Congreso Constituyente, siendo electo su presidente el licenciado Luis Manuel Rojas.

El Congreso Constituyente se instaló al día siguiente, 1° de diciembre, mediante sesión solemne de inauguración, ya en el Teatro Iturbide. A dicha sesión asistió Venustiano Carranza, quien hizo la explicación global de las reformas que proponía a la Constitución. Los cambios sugeridos por él eran realistas y estaban animados de buenos propósitos, pero no satisfacían los anhelos del pueblo ni los propósitos sociales de los constituyentes, quienes calificaron de “soluciones tímidas” las propuestas del primer jefe para atender los aspectos agrario y laboral. Para el primer asunto sugería la expropiación, a fin de proceder posterior-mente a un reparto de la propiedad agrícola. En el rubro del trabajo fabril postulaba la expresa competencia del Congreso de la Unión para legislar al respecto, lo cual equivaldría a la expedición variable de leyes sobre el trabajo, sin afianzar los reclamos de la clase trabajadora.

Un aspecto que causa asombro es la indeterminación o imprecisión del número de diputados constituyentes. En efecto, en el registro del diario de debates figuraron 285 nombres como diputados electos. En cambio, el original de la Constitución fue firmado por 206 diputados; y según la lista oficial de participantes y el cómputo hecho por el diputado Jesús Romero Flores, fueron 218 los miembros del Congreso Constituyente.

Con el objeto de proceder ordenadamente a los debates parlamentarios, el 2 de diciembre el Congreso integró una comisión para proponer las reformas y adaptaciones necesarias al reglamento ordinario del Congreso de la Unión. Dicha comisión actuó con rapidez, por lo que el 4 del mismo mes propuso 13 artículos de reglamento, los cuales fueron aceptados por unanimidad del pleno.

En forma resumida se puede indicar que el Congreso trabajó 48 días. En unos celebró una sola sesión, pero en otros llegaron a verificarse tres sesiones y durante tres días consecutivos —los últimos de enero de 1917— realizó una sola sesión de carácter permanente. Del total de sesiones ordinarias (80), 14 fueron secretas y 66 públicas. De estas últimas, 11 fueron matutinas, 44 vespertinas y 11 nocturnas. El trabajo parlamentario ocupó 22 días de diciembre y 26 días de enero. El quórum promedio fue

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de 140 diputados, aunque hay que señalar que llegó a contar con una asistencia cercana a los 200. El diario de los debates registra 65 votaciones nominales y 128 de carácter económico durante las sesiones ordinarias públicas; por consiguiente, una votación llegó a abarcar cinco o seis artículos, o uno solo de larga redacción o resultado de una discusión prolongada, como lo fue el caso del artículo 3°.

Para formular los dictámenes base del debate parlamentario, se integraron dos Comisiones de Constitución; la primera presidida por Francisco J. Mújica y la segunda por Paulino Machorro Narváez.

El Constituyente reunido en Querétaro estaba decidido y tenía la convicción de elaborar una ley fundamental de carácter social, una Constitución no abstracta, sino realista; una ley suprema que no sólo confiriera igualdad, sino que la propiciara a través y por medio de sus preceptos. El destino del Congreso se palpó desde sus inicios. En efecto, el primer discurso que se pronunció en la tribuna no fue de ningún diputado, que los hubo muy elocuentes, sino de un simple ciudadano, de un obrero de Querétaro, Rafael Jiménez, miembro de una comisión de trabajadores que fue a saludar a los diputados constituyentes. Dicho orador en su pieza dejó traslucir los auténticos anhelos del pueblo, al decir: “el pueblo espera que la Constitución sea verdadera, real, efectiva, liberal y fundada sobre bases inconmovibles a fin de que mejore un tanto la condición económica, política y social del pueblo mexicano”.

Después de la sesión inaugural, las cinco primeras sesiones ordinarias tuvieron lugar del 2 al 5 de diciembre, ocupándose fundamentalmente de asuntos generales y de la actualización del reglamento. En la última fecha señalada se integraron las comisiones del Congreso, entre ellas dos de Constitución, que de inmediato se dedicaron a proyectar los dictámenes de los primeros artículos que someterían a la consideración de la asamblea plenaria.

Los dictámenes iniciales se presentaron el 11 de diciembre; fueron los relativos a los artículos primero a cuarto. El artículo de la universalidad de los derechos humanos, el primero de la Constitución, fue aprobado por unanimidad el día 13 de diciembre, fecha en la cual se inició una de las discusiones más encen-

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didas, más prolongadas y más definitorias del contenido social de la vigente Constitución. Se puede afirmar así que, desde el inicio de los debates parlamentarios constituyentes, hizo acto de presencia la resolución social del Congreso.

La educación como derecho, como condición imprescindible para el progreso, como método de superación en la convivencia y como conocimiento íntegro del propio hombre y de su entorno, ocupó tres sesiones del Constituyente. Iniciado el debate el día 13, concluyó el 16 de diciembre; en él participaron 18 diputados. El tema central de las discusiones giró en torno a la libertad de enseñanza, propuesta por Carranza, o a la educación de carácter laico, defendida por los radicales que, al final, resultó la triunfadora. El propio Carranza estuvo presente en la sesión del día 14, pero aunque deseaba escuchar tan importante debate, resolvió ya no asistir para que su presencia, aun de manera involuntaria, no se interpretara como forma de presión para que se aprobara su proyecto. De este modo, Carranza no sólo se retiró del recinto del Constituyente, sino también de la ciudad de Querétaro. En bien del pueblo mexicano cobró así auge la libertad parlamentaria.

En la décima sesión, celebrada el 12 de diciembre, se presentó el dictamen del artículo 5° cuyo debate estaba programado para el día 19. Se refería a la libertad de trabajo, considerada garantía individual. Insatisfechos de su magro contenido y con el objeto de enriquecer dicho artículo 5°, 11 diputados, entre ellos Cándido Aguilar, Heriberto Jara, Héctor Victoria y Ascensión Tépal, presentaron una moción suspensiva, que fue aceptada por el pleno de la asamblea. A partir del 20 y hasta el 25 de diciembre, la primera sesión de Constitución recibió e hizo suyas sugerencias relativas a la limitación de la jornada de trabajo, al descanso semanario y a la prohibición del trabajo nocturno para mujeres y niños, rechazando otras por considerarlas propias de la ley ordinaria. El nuevo dictamen fue presentado en la sesión del día 26 de diciembre. Los debates que provocó este proyecto se prolongaron en las sesiones consecutivas de los días 27 y 28.

Cada una de estas tres sesiones tuvo un sello peculiar definitorio. En efecto, en la del día 26 se produjo la ruptura con el constitucionalismo clásico, para afirmar la preocupación por el hombre real, el hombre auténtico. La sesión del día 27 se distinguió

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por la concepción de una estrategia; y la del día siguiente, por su puesta en práctica. Veamos los hechos.

Día 26. En esta fecha el diputado Lizardi, cuidadoso del sentido clásico de una Constitución como instrumento jurídico para regular las relaciones entre gobernantes y gobernados, para asegurar el disfrute de la libertad y para distribuir el poder entre diversos órganos a fin de evitar su concentración en uno solo, que condujera a la tiranía, se opuso a la incorporación en el código supremo del señalamiento de la jornada máxima de trabajo. En un párrafo sentenció que tal agregado “le queda al artículo exactamente como un par de pistolas a un Santo Cristo”.

A esta crítica tendiente a salvaguardar la dogmática constitucional, se opusieron, rompiendo esquemas y conceptos rígidos, Von Versen y Cravioto. El primero indicó: “Vengo a decir a los señores de la comisión que no teman a lo que decía el licenciado Lizardi; yo desearía que los señores de la comisión no tuvieran ese miedo, porque si es preciso para garantizar las libertades del pueblo que ese Santo Cristo tenga polainas y...

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