¿De veras son universales los derechos humanos?

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El pasado 7 de noviembre la Comisión de Amparo y Procesos Constitucionales del Ilustre y Nacional Colegio de

Abogados de México (INCAM) llevó a cabo la conferencia “Lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió respecto del denominado bloque de constitucionalidad”, impartida por la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos. En el evento estuvo presente el presidente del INCAM, Rafael Ramírez Moreno Santamarina. Por su parte, Gustavo de Silva Gutiérrez, coordinador de la Comisión de Amparo y Procesos Constitucionales del INCAM, fungió como moderador.

Durante la conferencia Luna Ramos explicó su postura en torno a la decisión de la SCJN, que determinó, en primer lugar, el rango constitucional de los tratados internaciones en materia de derechos humanos; en segundo lugar, la supremacía de la Constitución, y en tercer lugar, la antinomia entre un tratado internacional y la Constitución, en que debe prevalecer la segunda, y sobre la resolución de que los criterios establecidos por la Corte Interamericana son obligatorios.

Señaló que la aprobación de igualdad jerárquica entre la Constitución y los tratados se derivó de una discusión muy interesante, con posturas a favor y en contra, en la que la mayoría sostuvo lo que se había presentado desde un principio,
es decir, que los tratados internacionales
y la Constitución forman un bloque de derechos humanos que están exactamente colocados en el mismo nivel.

Luna Ramos destacó que no estuvo
de acuerdo con esta postura, pues en las discusiones surgieron algunas contradicciones; por ejemplo, la mayoría determinó que lo principal era establecer el principio de supremacía constitucional, de acuerdo con el artículo 133, el cual no fue modificado en el bloque de las reformas en torno a los derechos humanos.

El argumento, aprobado por mayoría de votos, en el que se sostiene que los derechos humanos son universales y son únicos —por lo establecido en el artículo 1° de la Constitución—, tampoco fue compartido por la ministra.

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Derivado de la reforma de 2011, la Constitución reconoció los derechos humanos. En el momento en que un ordenamiento de carácter positivo reconoce un derecho humano, éste se positiviza y se vuelve un derecho codificado, de aplicación obligatoria, como cualquier norma jurídica. La pregunta fundamental es: ¿el simple hecho de que el artículo 1° haya dicho que los mexicanos podemos disfrutar de los derechos reconocidos en la Constitución y en los tratados implica...

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