Ventajas y desventajas del outsourcing en México

Páginas38-40
El Mundo del Abogado / Febrero 2015
38
ENCUESTA
Ventajas y desventajas
del
outsourcing
en México
José Dávalos Morales
Con las reformas del 30 de noviembre de 2012
se incorporaron cinco contratos individuales:
de outsourcing, de temporada, de capacitación
inicial, de prueba, y de pago por hora. Con estos
contratos se arrebata a los trabajadores la segu-
ridad en la permanencia en el empleo, lo que
constituye un grave daño para los trabajadores y
para su familia.
Éste es el punto central en el empeño de los
patrones para debilitar el derecho del trabajo. Sin estabilidad en el empleo,
los trabajadores, como fantasmas, entran y salen de las empresas. ¿Cómo se
constituye un sindicato con trabajadores que no tienen estabilidad en su pues-
to? ¿Cómo se crea un contrato colectivo benéfico para los trabajadores? Así las
cosas, ¿para qué serviría la huelga y con qué trabajadores se haría la huelga?
Se incorpora el outsourcing a la Ley Federal del Trabajo (artículos 15-A
a 15-D), un contrato que ya era realidad en muchas empresas en toda la
República. Ahora se cobija con la ley a esa figura, madre de tantas injusticias.
La empresa real (contratante) ocupa a una empresa de papel (contratista),
que no tiene medios económicos, para que directamente contrate a los
trabajadores que servirán a la empresa verdadera.
La contratante y la contratista, o subcontratistas, pagan salarios de
hambre y no otorgan las prestaciones ordenadas por la ley a los trabajado-
res. En el caso de un despido injustificado o de un accidente de trabajo,
por ejemplo, ambos patrones se niegan a cumplir sus obligaciones con los
trabajadores. El patrón real así quiere quitarse las responsabilidades con los
trabajadores.
En los artículos 15-B y 15-C se dice que el contratante —persona física o
moral que fija las tareas al contratista— debe cerciorarse de que la contratis-
ta —la empresa que alquila los trabajadores a la contratante, es decir, la em-
presa que ejecuta las obras con los contratistas alquilados— tiene elementos
propios y suficientes para cumplir sus obligaciones con los trabajadores.
También se señala que la contratante debe cerciorarse permanentemente
de que la contratista cumpla las obligaciones de seguridad, salud y medio
ambiente en el trabajo.
Sobre el cumplimiento de estas disposiciones de la ley preguntemos no
a quienes manejan el outsourcing sino a los trabajadores. Preguntémosles y
escuchémoslos con atención y con deseos de entenderlos. Oiremos las bar-
baridades que nos narrarán sobre las maniobras sucias del contratante y del
contratista. ¿Cuándo y cómo va el contratante a hacer esas verificaciones? El
outsourcing es un sistema tramposo que daña gravemente a los trabajadores.
Jorge García de Presno Arizpe
La principal ventaja del outsourcing es
que facilita el manejo más rentable de
ciertas actividades que no son considera-
das estratégicas ni parte de las esenciales
de una empresa, es decir, fomenta la
concentración de todos los esfuerzos en
funciones claves y medulares del negocio
tal como fue concebido en sus orígenes en
el modelo de la Ford de los años setenta.
Existen otras ventajas, como la reducción
de cargas administrativas y contingencias
legales, manteniendo al 100 por ciento la
deducibilidad del costo de los servicios, así
como también se reducen costos fijos y de
capacitación para llevar a cabo actividades
que no son parte del objeto social principal
de las empresas.
Es importante tener en cuenta que el
outsourcing no es considerado ilegal aun
con la entrada en vigor de la reforma a
la Ley Federal del Trabajo en materia de
subcontratación de servicios que entró en
vigor el 1º de diciembre de 2012; simple-
mente ha sido regulado de forma más
estricta. Dichas disposiciones no implican
que las empresas de outsourcing y sus
actividades dejen de ser eficaces o incluso
obsoletas; simplemente deben llevarse
a cabo ciertos ajustes, inclusive a nivel
corporativo, a
efecto de miti-
gar y tratar de
evitar posibles
contingencias
por falta de
cumplimiento
a los candados
establecidos en
la Ley Federal
del Trabajo.

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