¿Los vales de despensa otorgados en efectivo son previsión social deducible? Precedente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Práctica Fiscal › Núm. 363, Mayo 2004
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¿Los vales de despensa otorgados en efectivo son previsión social deducible? Precedente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
El artículo 24, fracción XII, de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 señalaba como requisito para deducir los gastos por previsión social que éstos se destinaran a jubilaciones, fallecimientos, invalidez, servicios médicos y hospitalarios, subsidios por incapacidad, becas educacionales para los trabajadores o sus hijos, fondos de ahorro, guarderías infantiles o acti...Ver el contenido completo de este documento
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