La vaguedad del trato justo y equitativo: debió, debe y deberá ser intencionada

AutorAlexis Aguilar Domínguez
CargoMaestro en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México
Páginas19-64
LETRAS JURIDICAS NÚM. 22 PRIMAVERA 2016 ISSN 1870-2155
LA VAGUEDAD DEL TRATO JUSTO Y EQUITATIVO: DEBIÓ, DEBE
Y DEBERÁ SER INTENCIONADA.
THE VAGUENESS OF FAIR AND EQUITABLE TREATMENT:
SHOULD HAVE BEEN, SHOULD AND MUST BE INTENDED.
Alexis Aguilar Domínguez *
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SUMARIO: I. Introducción. II. La textura abierta en el derecho. III. motivo de la textura
abierta del derecho. IV. Concepto de vaguedad. Vaguedad en las normas jurídicas. VI. La
situación de México frente al trato justo y equitativo. VII. Un estándar dentro de otro
estándar. VIII. El carácter ex post facto y regresivo del trato justo y equitativo. IX. Reglas,
principios y estándares como medio de elección para seguir un fin. Conclusiones. Fecha
de Recepción: 15/01/2016 - Fecha de Aceptación: 15/02/2016.
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* Maestro en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Catedrático en la Facultad
Libre de Derecho de Chiapas. aguilaralexis@live.com
LETRAS JURIDICAS NÚM. 22 PRIMAVERA 2016 ISSN 1870-2155
INTRODUCCIÓN
Ya nadie puede afirmar en serio que la
aplicación de las normas jurídicas no es sino una
subsunción lógica bajo premisas mayores
formadas abstractamente”. Karl Larenz.
Resumen. El marco de protección de las inversiones extranjeras se encuentran
regulados en mayor medida por los Acuerdos de Promoción y Protección
Recíproca de Inversiones, entre los tratamientos que otorgan a los inversionistas
extranjeros y a su capital encontramos el Trato Justo y Equitativo, algunos autores
señalan que este estándar deja mucho que decir a los tribunales arbitrales de
inversión, así pues se considera que se violenta el principio de seguridad jurídica,
así pues, es importante tratar de clarificar si realmente lo hace o este tipo de
estándares son creados intencionalmente para este tipo de situaciones y resueltos
ex post facto-después de los hechos.
Palabras clave. Inversión extranjera, estándar, protección, tato Justo y equitativo,
ex post facto, seguridad jurídica.
Abstract. The framework for the protection of foreign investments are
regulated mainly by the Agreement on the Promotion and Reciprocal
Protection of Investments between the treatments that give foreign investors
and capital are the Fair and Equitable Treatment, some authors suggest that
this standard leaves a lot to say to the investment tribunals, so it is
considered that the principle of legal certainty is violent , so it is important to
try to clarify whether it really does or such standards are created intentionally
to such situations and determinated ex post fact afer the fact-.
Key word. Foreign investment, standard, fair and equitable treatment, ex post fact,
legal certainty, protection.
I. INTRODUCCIÓN
Los Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (en
lo sucesivo APPRI’s) son tratados internacionales en materia de inversión
extranjera directa (en lo conducente IED), que conforme a bases de reciprocidad
LETRAS JURIDICAS NÚM. 22 PRIMAVERA 2016 ISSN 1870-2155
son diseñados para el fomento y la protección jurídica de los flujos de capital
destinados al sector productivo. Se les reconoce o identifica a los APPRI’s como
un elemento generador de confianza para los inversionistas extranjeros, ya que
permiten el establecimiento de un clima favorable para la inversión, además de
que estimulan la inversión productiva y simultáneamente promueven el desarrollo
económico de nuestro país.
Los APPRI’s dentro de su texto contienen una parte que es conocida como el
tratamiento a la inversión, y es aquí cuando se habla de “estándares” respecto al
trato que debe recibir y otorgarse a la inversión extranjera, es decir, estamos
hablando de las prerrogativas que se le otorgan a los inversionistas extranjeros de
cada Estado Parte, mismos que se derivan de un Tratado Bilateral de Inversión
(en lo sucesivo TBI). Los estándares más conocidos y generalizados en materia
de inversión extranjera son: el trato nacional, trato de la nación más favorecida y el
trato justo y equitativo (en lo sucesivo TJE).
Para el objeto del presente estudio nos enfocaremos a fondo en éste último
única y exclusivamente, en vista de que es el que ha causado más revuelo entre
los estándares ya mencionados, dado que el TJE cuando se desea interpretar
que significa éste; todos concuerdan que es un concepto vago que carece de un
concepto definido, por lo que no se le puede dotar en abstracto. En consecuencia,
esta falta de conceptualización para algunos viola el principio universal de
seguridad jurídica, es decir, saber con cierta certeza a qué atenerse, que se puede
y que no puede hacerse bajo los parámetros legales, así como los parámetros de
acción respecto a la actuación de las autoridades. La falta de precisión del TJE,
hace que haya una disminución de la comprensión del mismo y sus alcances.
Respecto al estándar TJE me he percatado que han utilizado la palabra
indefinible para catalogarlo, lo cual en mí apreciación personal considero está
siendo erróneamente empleado dicho calificativo, porque si bien es cierto que de
la manera en que está redactado el estándar, éste presenta vaguedad, también es
cierto que es capaz de dotársele de contenido o de significado, pero siempre

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