¿Unidad o dispersión en la legislación penal?

AutorSergio García Ramírez
CargoPresidente de la Academia Mexicana de Ciencias Penales, investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, investigador emérito del Sistema Nacional de Investigadores y ex procurador general de la República
Páginas20-23

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No existen argumentos plausibles y convincentes para conservar la dispersión legislativa que padecemos, afirma el autor, al abogar por la unidad de la legislación penal en todas sus vertientes (sustantiva, procesal y ejecutiva).

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1) El planteamiento del presidente de la República, formulado el 1° de diciembre de 2012, y el Pacto por México, suscrito por las principales fuerzas políticas del país, reanimaron una pretensión razonable y apremiante: la necesaria unidad de la legislación penal en México, siempre diferida.

2) Es preciso identificar las ventajas que derivarían de la unidad penal en esta etapa de nuestro desarrollo y tomar en cuenta las preocupantes condiciones que prevalecen en el ámbito de la seguridad pública y la justicia penal. Hay que tender la mirada sobre el presente y considerar los efectos que pudieran tener las decisiones de hoy en el futuro inmediato.

3) En primer término, reiteremos que la dispersión de facultades legislativas en materia penal no es inherente al sistema federal. Cada federación puede y debe adoptar fórmulas propias sobre su estructura, conforme a su conveniencia y a sus circunstancias. No existe ni ha existido nunca un "modelo federal" rígido al que debamos someternos. Pongamos fin al "mito" de que el federalismo supone la dispersión de las facultades legislativas penales -con todas sus consecuencias- entre las entidades componentes de la federación. Al desalojar ese "mito" se abre la vía de la unidad legislativa penal, considerando lo único que es necesario considerar: las necesidades del país.

4) En segundo término, conviene observar el desenvolvimiento de la criminalidad y los consecuentes requerimientos de prevención y respuesta del Estado. No formamos parte de un mundo incomunicado, erizado de fronteras regionales o nacionales que obstaculicen tanto la actividad criminal como la reacción pública frente a la delincuencia. La criminalidad avanza por encima de las fronteras territoriales.

El crimen es "trascendente", en la más amplia acepción de la palabra. Ésta es una de sus características contemporáneas. En el mismo sentido debe marchar la reacción

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contra el delito, para enfrentar con eficacia los factores y las expresiones de la delincuencia.

5) En tercer término, es urgente reconocer que la función penal del Estado moderno debe sujetarse a un diseño informado por la racionalidad, la congruencia y la eficacia, y sustentado en los valores y los principios de una sociedad democrática. Ese diseño se traduce en una genuina...

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