Teoría del delito en el Nuevo Procedimiento Penal Mexicano: Su Importancia

CriminogenesisNúm. 7, Septiembre 2010

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Resumen


Una breve introducción - Sobre el objeto del derecho penal sustantivo y el objeto del derecho procesal penal - C. Algunas consideraciones finales

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Teoría del delito en el Nuevo Procedimiento Penal Mexicano: Su Importancia

Recientemente ha salido del Instituto Nacional de Ciencias Penales (México), en lo sucesivo (INACIPE) de la mano del Prof. Javier Dondé Matute, investigador de dicha casa de estudios una tesis que por su fragilidad denuncia a distancia su eminente fracaso: Bases para destruir la teoría del delito.

Al respecto, podría permanecer indiferente e ignorar el contenido del artículo del aludido profesor, pero como veo que se trata de un atentado en contra de una institución de linaje consagrado y cuyo desarrollo no solamente ha contribuido en la aplicación racional de la ley, sino que, se ha convertido en un poderoso instrumento para fortalecer a los sistemas penales democráticos, me parece una buena oportunidad para aclarar muchas ideas y conceptos que se abordan en el artículo en comento y voy a tomarme un espacio para escribir unas líneas a modo de alegatos a favor de la importancia que por siempre ha tenido la teoría del delito tanto en el sistema procesal que se abandona (mixto: inquisitivo-acusatorio), como el que se inaugura (acusatorio).

Inicialmente había guardado silencio sobre lo que pasaba en dicho instituto, la razón es que, si bien ya en algunas ocasiones se habían afectado intereses personales de quien ahora escribe1 , no había un tema de interés general que motivara mi intervención sobre lo que allí pasaba; pero además, aún cuando me enteré del problema a mediados de 2009, no contaba con la información suficiente.

Aunado a lo anterior, esperaba que las plumas más autorizadas de México en la materia -que las hay en abundancia- alzaran la voz para fijar su posición sobre el tema; sin embargo, creo que ya espere un poco y como percibo un interés lejano en el asunto, y, cierto estoy de que no soy la voz más autorizada de México en la materia, me asiste, sin embargo, el ejercicio del derecho a escribir y publicar unas cuantas líneas a modo de reflexión sobre el tema que ha puesto en la mesa el INACIPE por boca de uno de sus profesores2 .

Una breve introducción

El mejor derecho penal para México está en México, en su orden normativo; es decir, en su Constitución, en su normatividad penal y en su jurisprudencia3, pero debido a nuestras limitaciones, nos ha sido más fácil mirar, copiar e importar el pensamiento sistemático nacido de otro orden normativo construido para otras sociedades, que en definitiva, n...

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