Temas especiales

AutorArnulfo Sánchez Miranda
Cargo del AutorMaestría en impuestos. Lic. en Contaduría, Facultad de Contaduría y Administración (FCA)
Páginas185-215
APLICACION PRACTICA DEL IVA 185
CAPITULO XIII
TEMAS ESPECIALES
Objetivo General
Que el alumno conozca determinados temas especiales para te-
ner un conocimiento más preciso y amplio sobre el Impuesto al
Valor Agregado.
Objetivos Específicos
Al finalizar el estudio de este capítulo, el estudiante estará en la
posibilidad de conocer:
1. Sujetos a quienes se les debe retener el impuesto.
2. Pago del IVA por estimativa por parte de las personas físicas
del régimen de pequeños contribuyentes.
3. Devoluciones, descuentos, rebajas y bonificaciones.
4. De los saldos mensuales a favor de IVA, su devolución y com-
pensación.
5. Impuestos cedulares sobre ingresos por parte de las entida-
des federativas de manera optativa.
6. El IVA de actos accidentales.
7. IVA en operaciones con gobierno o instituciones exentas de
impuestos.
1. SUJETOS A QUIENES SE LES DEBE RETENER EL IMPUES-
TO
En materia de obligaciones, una de ellas consiste en retener el
IVA, sin embargo no a todas las personas, ni en todos los casos o
actividades se da la retención. A continuación se especifica quienes
EDICIONES FISCALES ISEF 186
son los sujetos obligados, por qué acto y el monto de la retención
correspondiente.
Tanto el artículo 1-A como el 3 de la LIVA no precisan los mon-
tos a retener que en una primera apreciación se entiende que la
retención será el total del IVA trasladado, pero el último párrafo del
primer precepto mencionado señala que el Ejecutivo Federal podrá
disponer montos menores de retención por conducto del RIVA a
través de sus artículos 3 y 4.
SUJETO
RETENE-
DOR ACTO O ACTIVIDAD REFERENCIA MONTO A
RETENER
• Institu-
ciones
de cré-
dito
Adquisición de bienes median-
te la dación en pago3 o adjudi-
cación judicial o fiduciaria.
LIVA Fracción I 100% del im-
puesto que se
les traslade
• Perso-
nas mo-
rales
• Reciban servicios personales
independientes, prestados por
personas físicas.
• Usen o gocen temporalmente
bienes otorgados por perso-
nas físicas.
• Adquieran desperdicios para
ser utilizados como insumo de
su actividad industrial o para su
comercialización.
• Reciban servicios de auto-
transporte terrestre de bienes,
prestados por personas físicas
o morales.
• Reciban servicios prestados
por comisionistas, cuando és-
tos sean personas físicas.
LIVA Fracción II 2/3 partes del
impuesto que
se les traslade
2/3 partes del
impuesto que
se les traslade
100% del im-
puesto que se
les traslade
4% sobre el va-
lor de la contra-
prestación
2/3 partes del
impuesto que
se les traslade
3. Dación en pago, es el acto por medio del cual se declara que la propiedad de un
bien pasa al patrimonio de una persona; remates, juicios sucesorios, quiebras y
concurso, por medio de una autoridad competente.

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