Efectos de la sustitución patronal en materia laboral y de seguridad social

Práctica FiscalNúm. 429, Marzo 2006

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Abogados Fiscal

Resumen


Sustitución patronal para efectos laborales. Continuación o término de la relación laboral. Sustitución patronal en materia de seguridad social. Elementos en la sustitución patronal. Obligación de notificar al IMSS de la sustitución. Procedimiento para notificar al IMSS. Prima de riesgos de trabajo en la sustitución patronal. Conclusión.

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Extracto


Efectos de la sustitución patronal en materia laboral y de seguridad social

El término sustitución patronal (según Mario de la Cueva, en su libro Nuevo derecho mexicano del trabajo) expresa el principio de la trasmisión de la propiedad de una unidad económica de producción o distribución de bienes o de servicios, por lo que no se disuelve ni afecta en forma alguna las relaciones laborales.

Así, cuando alguna empresa se encuentra en la necesidad de trasmitir los bienes a otra, a fin de continuar la actividad principal de la misma, ya sea a través de la compraventa de los activos; o bien, mediante la unión de dos o más empresas que se fusionen, estará presente la figura jurídica denominada sustitución patronal.

La fusión es definida como la absorción de una o varias compañías por otra, la cual se caracteriza por ser un proceso en el que s...

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