La subrogación aduanera

Práctica FiscalNúm. 383, Diciembre 2004

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Resumen


En materia civil, la subrogación constituye una sustitución de carácter personal en relación con el pago de una obligación, en virtud de la cual éste se hace por una persona distinta de aquella que, de no existir tal circunstancia, sería la obligada a hacerlo.

En materia aduanera también se hace presente esa figura, señalada como la sustitución jurídica del importador o del exportador de una mercancía de comercio exterior, por otro sujeto -subrogado-, quien asume las obligaciones derivadas de la importación o exportación, convirtiéndose en responsable directo ante el fisco federal, para quedar el primero como responsable solidario.

Sin embargo, a diferencia de la subrogación civil, la subrogación aduanera sólo puede operar por autorización expresa de la Ley Aduanera; por lo que de acuerdo con el Mtro. en derecho Pedro Trejo Vargas, administrador en la Administración General de Aduanas, la misma merece un análisis especial, el cual se presenta en esta edición.

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Extracto


La subrogación aduanera

Un tema vinculado con las obligaciones tributarias, y en especial con el pago de los impuestos en las operaciones aduaneras y el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, es el de la subrogación; por ello, se analiza esta figura jurídica.

Así, la subrogación para efectos aduaneros, ...

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