Cómo solucionar ante el IMSS los errores en movimientos afiliatorios presentados mediante el IDSE

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A partir del 1o. de julio de 1997, con la entrada en vigor de la LSS publicada en el DOF del 21 de diciembre de 1995, el sistema de seguridad social en el país tuvo cambios importantes para ampliar la regulación sobre el cumplimiento de las obligaciones patronales, y facilitar los procedimientos de inscripción en beneficio directo de los trabajadores.

Así, para garantizar el derecho a la seguridad social de los trabajadores, las autoridades de los principales organismos de seguridad social del país -IMSS e Infonavit-convinieron unificar sus sistemas de afiliación, de tal manera que al presentar el patrón los avisos de inscripción ante el IMSS el movimiento se efectúa automáticamente también en el Infonavit.

Desde el segundo semestre de 1997yala fecha, los movimientos de inscripción, modificaciones de salario y bajas que realiza el patrón ante el IMSS se entienden también presentados ante el Infonavit; por tanto, existe una base de datos única que señala los datos para determinar las obligaciones patronales e identificar los derechos de los trabajadores asegurados.

Sin duda, la unificación del sistema y la creación del IMSS desde su empresa (IDSE) presentan grandes ventajas para los patrones, pues simplifican el trabajo y contribuyen al cumplimiento de sus obligaciones; no obstante, esto implica un mayor cuidado al capturar los datos en el IDSE, ya que serán enviados al Catálogo nacional de asegurados (Canase) para después ser transmitidos a la Base de Datos Nacional del SAR y a las Afore.

Dado que en ocasiones la acumulación de actividades provoca o hace más propensa la comisión de errores en la presentación de avisos de reinscripción, modificación y baja de los trabajadores, o que los documentos proporcionados por el trabajador contienen datos incorrectos, es preciso identificar el procedimiento que tendrá que seguir el patrón o asegurado para realizar la corrección pertinente, cuando exista algún error en los movimientos afiliatorios relativos al salario base de cotización y fecha de ingreso, o bien, en los datos personales de los asegurados.

Corrección en movimientos afiliatorios relativos al salario base de cotización y fecha de ingreso

En términos del artículo 50 del Racerf, el IMSS recibirá los avisos de inscripción de los trabajadores que presenten los patrones o sus representantes, y comprobará, en su caso, la veracidad de los datos por los medios que estime pertinentes y de proceder, rectificará la información.

Rectificación de datos proporcionados

El patrón que solicite por escrito al IMSS la rectificación de datos proporcionados respecto a la fecha de ingreso al trabajo o del salario del trabajador, deberá comprobar fehacientemente la procedencia de su petición con la información y documentación que se le solicite.

El trámite se realizará ante los servicios de Afiliación-Vigencia de Derechos de la subdelegación que corresponda al domicilio del patrón.

La rectificación que proceda se sujetará a las reglas siguientes:

  1. Si se refiere a la fecha de alta, reingreso o modificación de salario del trabajador, el IMSS procederá a realizar la rectificación respectiva previo pago, en su

    caso, por parte del patrón, de las prestaciones que se hubieran otorgado indebidamente al asegurado.

  2. Si se trata de modificación de...

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