Síntesis ejecutiva

Páginas4-7

Page 4

Fiscal

DECLARACIONES INFORMATIVAS 2015. SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTARLAS

La regla 2.8.4.1 de la RMF para 2016 señala que para los efectos del artículo 31, primer párrafo, del CFF y de los artículos 76, fracciones VI, VII, X y XIII; 86, fracción V, última oración; 110, fracciones VI, segundo párrafo, VII, IX y X; 117, último párrafo; 136, último párrafo; 145, séptimo párrafo, y 178, primer párrafo, de la Ley del ISR; 32, fracción V, de la Ley del IVA y del artículo octavo, fracción III, inciso e, del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el Subsidio para el Empleo", publicado en el DOF el 1o. de octubre de 2007, los contribuyentes obligados a presentar la información a que se refieren las disposiciones citadas, correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate, incluyendo la información complementaria y extemporánea de las mismas, deberán hacerlo a través de la DIM y anexos que la integran, vía Internet o en medios magnéticos. Por su parte, el artículo noveno, fracción X, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2014 establece que para los efectos de la obligación de presentar las declaraciones informativas y constancias indicadas en los artículos 86, fracciones III, IV, VIII, IX, X, XIV; 101, fracción VI; 118, fracciones III y V; 143, último párrafo; 144 y 164 de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, se deberá cumplir dicha obligación en los términos de la ley de la materia, a partir del 1o. de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016.

Precisamos qué contribuyentes deben presentar las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio de 2015 de acuerdo con lo señalado en las disposiciones fiscales vigentes.

- (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A22)

RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2016. COMENTARIOS

El 23 de diciembre de 2015, la SHCP dio a conocer en el DOF la RMF para 2016, la cual entró en vigor el 1o. de enero de este año y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016.

Comentamos los aspectos más importantes que contiene dicha resolución, principalmente en relación con las disposiciones que se adicionaron respecto a la RMF para 2015.

- (VEASE "INFORMACION DE TRASCENDENCIA" EN LA PAGINA A28)

SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS. ESTAN GRAVADOS A LA TASA DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR