Síntesis ejecutiva

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DECLARACION ANUAL 2014. PERSONAS FISICAS. INSTRUCTIVO DETALLADO, RENGLON POR RENGLON, DEL FORMATO ELECTRONICO

El artículo 150, primer párrafo, de la Ley del ISR, establece la obligación para las personas físicas de presentar la declaración anual de este impuesto correspondiente al ejercicio fiscal de 2014, en abril de 2015.

De acuerdo con el artículo 31, primer párrafo, del CFF, los contribuyentes deberán presentar declaraciones en documentos digitales con Fiel a través de los medios, formatos electrónicos y con la información que señale el SAT mediante reglas de carácter general, y enviarlas a las autoridades correspondientes o a las oficinas autorizadas, según se trate, además de cumplir los requisitos que se dispongan en esas reglas para tal efecto y, en su caso, pagar mediante transferencia electrónica de fondos.

Considerando que durante este mes las personas físicas deben presentar la declaración anual del ejercicio de 2014, ofrecemos un instructivo detallado, renglón por renglón, del formato "Declaración del ejercicio. Personas físicas", que se requisita mediante el DeclaraSat.

- (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A29)

DECLARACION ANUAL 2014 DE LAS PERSONAS FISICAS. CASOS PRACTICOS. CEDULAS ANALITICAS

Mediante cédulas analíticas, se muestra la determinación del ISR del ejercicio fiscal 2014, de una persona física que en ese año obtuvo ingresos por salarios y por prestar servicios profesionales, así como de otra persona física que obtuvo ingresos por el arrendamiento de bienes inmuebles.

- (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A15)

CONTABILIDAD ELECTRONICA. EL SAT DIFIERE SU ENTREGA PARA EL 30 DE ABRIL

Mediante el comunicado de prensa 043, del pasado 6 de abril, la SHCP informó a través del SAT, que con objeto de que los contribuyentes obligados puedan tener el tiempo suficiente para integrar los archivos de su contabilidad electrónica relativos al catálogo de cuentas y la balanza de comprobación de enero y febrero de 2015, tendrán hasta el 30 de abril de 2015 para enviarlos.

- (VEASE "INFORMACION DE TRASCENDENCIA" EN LA PAGINA A74)

INTERESES Y PERDIDAS CAMBIARIAS. PARA QUE PROCEDA SU DEDUCCION EN EL ISR DEBEN AMPARARSE CON COMPROBANTES FISCALES. TESIS DEL TFJFA

La Segunda Sección de la Sala Superior del TFJFA emitió una tesis aislada

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en la que señaló que dado que las deducciones deben estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales respectivas, en el caso de...

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