Los derechos sexuales de las y los jóvenes en el contexto jurídico nacional e internacional

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AutorYuriria A. Rodríguez Martínez
CargoDoctora en ciencias sociales, en la especialidad mujer y relaciones de género, por la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco.
Páginas211-243

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IUS

los derechos sexuales de las y los jóvenes en el contexto jurídico nacional e internacional
Yuriria a. rodríguez martínez*

sumario

i. introducción

ii. sexualidad de jóvenes y derechos humanos

iii. derechos sexuales de las y los jóvenes en el contexto jurídico mexicano

iv. educación sexual integral: avances del derecho sexual de las y los jóvenes en méxico

v. consideraciones finales

resumen

El presente artículo aborda las referencias jurídicas nacionales e internacionales que fundamentan el debate sobre los derechos sexuales. Sobre esta intención se relacionan los documentos más importantes que han abordado el tema y que van desde la Conferencia sobre Derechos Humanos de Teherán de 1968, en donde se estableció por primera vez el derecho de las parejas para decidir el número de hijos y su espaciamiento, hasta la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer de 1979, que fue el primer tratado internacional que aseguró la igualdad de acceso a los servicios de planificación familiar. Profundiza en los avances en materia de educación sexual en el país como derecho y hace

abstract

The present article approaches the national and international juridical references that base the debate on the sexual rights. On this intention is related the most important documents that have approached the topic and that they go from the Conference it has more than enough Human rights of Teheran 1968, where settled down the right of the couples for the first time to decide the number of children and its spacing, until the Convention on the Elimination in all the ways of Discrimination against the Woman of 1979, that the first international treaty that assured the access equality to the services of family planning was. It approaches in the advances as regards sexual education in the

* Doctora en ciencias sociales, en la especialidad mujer y relaciones de género, por la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco.

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algunas consideraciones en cuanto a la necesidad de desarrollar más amplia y específicamente el marco jurídico mexicano vigente y la construcción de más herramientas jurídicas que posibiliten la protección de los derechos humanos en el campo de la sexualidad. La autora concluye que el derecho sexual a la educación sexual científica, confiable y laica, en México se ha impulsado y desarrollado en un trabajo colaborativo interinstitucional entre organizaciones gubernamentales, civiles y académicas, especialistas en el rubro.

country like right and he makes some considerations as for the necessity of developing wider and specifically the Mexican norms and the construction of more juridical tools that facilitate the protection of the human rights in the field of the sexuality. The author concludes that the sexual right to the scientific, reliable and lay sexual education, in Mexico has been impelled and developed in a collaborative work among government, civil and academic organizations, specialists in the item.

El ser cada una/o sujetas y sujetos de derecho lleva implícito el respeto hacia las demás personas, es decir, podemos ejercer nuestras libertades y garantías individuales en tanto no violentemos el derecho de las y los demás. Ninguna persona debe atentar contra nuestros derechos.

Cartilla de los Derechos Sexuales de las y los Jóvenes, Comisión Nacional de los Derechos Humanos y más de 80 organizaciones civiles**

i . i ntroducción

El presente artículo tiene el objetivo de establecer las referencias jurídicas nacionales e internacionales que fundamentan el debate sobre los derechos sexuales de las y los jóvenes en México. Para ello, resulta necesario delinear las ideas que fundamentan a las sexualidades de las y los jóvenes como un campo de derechos humanos en el que se condicionan y deter-minan diversas posibilidades de la configuración de los individuos como

** Publicada en enero de 2003 como parte de la Campaña Nacional por los Derechos Sexuales de las y los Jóvenes, que impulsó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y más de 80 organizaciones civiles de todo el país dedicadas a la defensa y promoción de estos derechos. Véase en http://infouam. blogspot.com/2005/03/cartilla-de-los-derechos-sexuales-de.html [visitada el 20 de junio de 2007].

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sujetos de deseo, pero también de derechos. Particularmente se profundiza en los avances en materia de educación sexual en el país, siendo éste un derecho sexual de las y los jóvenes del cual se cuenta con diversas fuentes del derecho que lo sustentan y que han permitido desarrollarlo de alguna manera como parte de las políticas públicas educativas. Finalmente, se hacen algunas consideraciones en cuanto a la necesidad de desarrollar más amplia y específicamente el marco jurídico mexicano vigente y la construcción de más herramientas jurídicas que posibiliten la protección de los derechos humanos en el campo de la sexualidad de las y los jóvenes, y el correspondiente ejercicio de sus derechos sexuales, indispensable para atender las complejas problemáticas que enfrentan las y los jóvenes, como son los embarazos no deseados y los abortos inducidos en condiciones de riesgo, así como la transmisión del vih/sida y otras infecciones de transmisión sexual.

La articulación del debate de la sexualidad humana, la salud y la reproducción, como parte de los ámbitos de protección de los derechos humanos para el desarrollo social y poblacional, derivada de los consensos internacionales de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo de El Cairo en 1994 y la iv Conferencia Internacional de la Mujer de Beijing en 1995, dio paso a la propuesta de derechos reproductivos y derechos sexuales, derechos de tercera generación, cuya definición ha avanzado en debates nacionales e internacionales con más claridad en lo que respecta a lo reproductivo, integrándose propuestas específicas de leyes, normas y programas de políticas públicas que pretenden promover y garantizar el derecho a decidir el número y espaciamiento de los hijos y a tener los medios necesarios para la planificación familiar y la anticoncepción, la protección de la salud materna y perinatal y el derecho a la atención de calidad durante el embarazo, el parto y puerperio previniendo así la muerte materna, entre otros. Estos avances han sido parte del recorrido histórico de la política de población que en México se inició en términos jurídicos en la década de los años setenta del siglo pasado con la promulgación de la Ley General de Población y la creación del Consejo Nacional de Población, abriendo camino para la posterior integración de los acuerdos internacionales de la década de los noventa, relativos a los compromisos adquiridos por el gobierno mexicano en El Cairo y Beijing, a través de la creación del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar 1995-2000, con la respectiva Dirección General de Salud Reproductiva de la Secretaría de Salud en 1995.

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En cuanto a los derechos sexuales, la apertura de los debates en la academia, las instituciones de servicios y la opinión pública en México se ha derivado principalmente de la necesidad de salud pública en términos de atender la pandemia del vih/sida, desarrollar programas y acciones para la prevención y para garantizar un tratamiento de calidad a quienes viven con ese padecimiento. Además, el avance en la incorporación de algunas garantías de derechos relativos con la sexualidad, las prácticas y preferencias sexuales, se evidencia en el contexto jurídico mexicano con la Ley de Sociedad de Convivencia del Distrito Federal, promulgada en noviembre de 2006, y el Pacto Civil de Solidaridad del estado de Coahuila incorporado al Código Civil de ese estado de manera oficial en enero de 2006.

Específicamente, el derecho a la educación sexual como derecho sexual de las y los jóvenes se avanzó en México a partir de los compromisos internacionales adquiridos por el gobierno en El Cairo 1994 y Beijing 1995. En el sexenio 1994-2000 el Estado mexicano integró algunos contenidos en asignaturas y libros de texto de primaria y secundaria a través de la Secretaría de Educación Pública. Además, impulsó e implantó programas de atención a la salud reproductiva para adolescentes y jóvenes en las instancias de salud pública del país, incluyendo propuestas de acciones específicas para la educación sexual integral de las y los jóvenes mexicanos. En el nivel de educación primaria, desde 1998 se incluyeron algunos contenidos de información y educación sexual en los libros de texto de 5° y 6° grado, y en el nivel de secundaria se establecieron contenidos como parte de la currícula de la materia “Formación cívica y ética”. Éstos son los avances más recientes, pero en México la educación sexual comenzó a integrarse en las escuelas y los libros de texto desde 1974, cuando el gobierno tomó la seria tarea de prevenir los embarazos entre adolescentes. La política pública dirigida a la reducción de embarazos en adolescentes ha obtenido resultados positivos teniendo una disminución importante del número de embarazos en esa población en los últimos treinta años.

Los avances en materia de información y educación sexual constituyen una muestra importante y clara de los avances en el marco jurídico mexicano en torno a los derechos sexuales de las y los jóvenes. Sin embargo, éste es sólo un derecho sexual que no se puede separar de otros derechos sexuales de las y los jóvenes, como son el derecho a la autodeterminación en todo lo relacionado con el cuerpo y la sexualidad, el derecho a disfrutar de la vida sexual, a la manifestación pública de los afectos, decidir con quién compartir la vida y la sexualidad, al respeto de la intimidad y...

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