Sexta Resolución de modificaciones a las Reglas de carácter general de comercio exterior para 2002-2003 Comentarios
Práctica Fiscal › Núm. 316, Febrero 2003
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Práctica Fiscal › Núm. 316, Febrero 2003
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Definiciones generales (regla 1.2). Autorización para no garantizar mediante cuenta aduanera de garantía (regla 1.4.10). Opción de retornar virtualmente mercancías importadas por Pitex o maquiladoras (regla 1.5.2). Importación definitiva de vehículos (regla 2.6.14). Tasa global para importaciones de pasajeros (regla 2.7.3).Tasa global para empresas de mensajería (regla 2.7.5). Importación por vía postal utilizando la boleta aduanal (regla 2.7.6). Concepto de bienes usados para efectos de la importación de menaje de casa (regla 2.9.11). Tasa global para importar cerveza, tabacos labrados, etc. por residentes en la franja o región fronteriza (regla 2.10.4). Importación definitiva de vehículos a la franja fronteriza norte, así como a los estados de Baja California Norte y Sur (regla 2.10.12). Designación de mandatarios de agentes aduanales (regla 2.13.11). Inscripción en el registro de empresas certificadas (regla 2.15.1). En la importación definitiva de mercancías podrá solicitarse la devolución de impuestos, cuando se exporten (regla 3.1.1). Importación temporal de mercancías por residentes en el extranjero (regla 3.2.2). Mercancías importadas temporalmente que sufren daños (regla 3.2.16). Tasa opcional para determinar el impuesto general de importación (regla 3.3.5). Diferimiento del impuesto en la transferencia de mercancías entre maquiladoras o Pitex (regla 3.3.7). Insumos que pueden ser considerados como retornados al extranjero (regla 3.3.19). Devolución del impuesto general de importación a empresas de la industria de autopartes (regla 3.3.21). Transferencia de mercancías importadas temporalmente por maquiladoras o Pitex (regla 3.3.30). Retorno de mercancías a cualquier estado miembro de la Comunidad Europea o de la AELC (regla 3.3.31). Reformas a los anexos de las reglas.
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Sexta Resolución de modificaciones a las Reglas de carácter general de comercio exterior para 2002-2003 Comentarios
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 30 de diciembre de 2002 se publicó la Sexta Resolución de modificaciones a las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2002-2003 y a los anexos 1,4, 18, 21 y 22. Aquí se analizan las principales modificaciones que tuvo la resolución, con el fin de que las personas interesadas en la materia aduanera y de comercio exterior, tengan conocimiento de las adiciones y reformas, que sufrió dicho ordenamiento. Definiciones generales (regla 1.2) La regla 1.2 define algunas figuras o conceptos utilizados en la resolución; y la adición, a la regla analizada tiene como fin incluir nueve definiciones relativas a lo siguiente: [ VEA LA TABLA EN EL PDF ADJUNTO ] La mayoría de las definiciones que se adicionaron a esta regla tienen relación con el Tratado de Libre Comercio entre los Estados U...
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