Los senderos oscuros de la justicia

AutorRebeca Elizabeth Contreras López
CargoInvestigadora nacional. Doctora en Derecho público
Páginas1-11

Investigadora nacional. Doctora en Derecho público. Investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana y profesora de Derecho penal, política criminal y metodología jurídica. Page 2

Introducción

Desde fuera, el caso del etarra Iñaki de Juana Chaos resulta paradójico. España es un país democrático ¿qué duda cabe? pero ha sufrido, por décadas, uno de los más graves flagelos políticos y sociales: el terrorismo; que conduce a la irracionalidad, tanto al que lo hace, como al que lo padece.

Cuando el presidente español Rodríguez Zapatero anunciaba la posibilidad de poner fin a la actividad violenta de las fuerzas armadas de ETA, ocurre un ataque al aeropuerto internacional de Barajas (29 de diciembre de 2006) . La violencia no cesa.

El terrorismo y quienes se valen de él, son condenables, no por sus opiniones o aspiraciones políticas e ideológicas, sino por los medios que utilizan para expresarse. En este contexto, ocurre el caso del etarra de Juana. Una persona que ha sido dirigente de ETA, encarcelado en 1987 y considerado como uno de los más sanguinarios líderes de ese grupo; pese a lo cual, desde mi punto de vista, sigue siendo una persona con todos los derechos y libertades que le son inherentes.

Estas reflexiones no son sobre la conducta o los crímenes cometidos, sino más bien sobre la actuación del sistema de justicia español en este caso concreto.

1. La historia

En 1987, de Juana Chaos, es detenido en Madrid por el atentado de 14 de julio de 1986 en la Plaza de República Dominicana en el que murieron 12 guardias civiles y fueron heridas 58 personas. Desde entonces se encuentra privado de su libertad. En noviembre de 1987 es sentenciado a 2,232 años de cárcel. Posteriormente, en 1990 es condenado a 378 años de prisión por el asesinato de cinco guardias civiles y en 1995 se agregan 55 años más por el asesinato del vicealmirante Escrigas.1

La primera paradoja en este caso es que un condenado a 3,129 años de prisión por 25 asesinatos sólo debía cumplir 30 años, que era la pena máxima permitida por el Código penal español de 1975. Pero, además, dicha pena podría ser reducida con base en los beneficios de pena, lo que efectivamente ocurrió. Pues resultó que por buen comportamiento le descontaron 12 años de prisión (a través del juez de ejecución que es una figura que se utiliza en España para vigilar el cumplimiento de las penas) . Es decir, para febrero de 2005 de Juana Chaos podría haber abandonado la prisión, tras 18 años de reclusión. Page 3

Pero, el 11 de enero de 2005, el juez Grande Marlaska inicia un nuevo proceso contra de Juana, por su pertenencia a ETA y por amenazas terroristas que supuestamente emitió en dos artículos publicados en el diario GARA, de reconocida pertenencia a ETA. Razón por la cual de Juana es sometido a prisión preventiva y con ello se evita que salga en libertad en febrero de ese año por los procesos iniciales, siendo evidente para la opinión pública que este nuevo proceso tenía claramente la finalidad de evitar la excarcelación del "terrorista".

Segunda paradoja. Se inicia un proceso con no muy clara procedencia ante la inminencia de la libertad.2 Aquí hay dos elementos claves: por una lado el derecho del sentenciado a que se aplique la ley y por otro el derecho de la sociedad a que se garantice su seguridad.3 Pero también parece quedar en evidencia el manejo político de la justicia penal al que, en México, no somos ajenos.

Su pertenencia a ETA, sin duda la conocían las autoridades españolas, desde 1987 en que fue detenido. Concretamente, las amenazas fueron contra el Presidente Rodríguez Zapatero, señalando: "Quien todo lo hace para silenciar a una nación y negarle el derecho de autodeterminación es un fascista de manual y dejémonos de florituras de lenguaje". Y la amenaza es así: "Hace años le escuché a un muy apreciado compañero chillar con fuerza: "Sacar vuestras sucias manos de Euskal Herria". Sí, sacadlas, porque otro camino sólo implica más sufrimiento. O el futuro terminará demostrando, sin duda, que os quedásteis sin ellas".4

En esa misma publicación "sección escudo", de Juana señala: "Y una vez más no deja de asombrarme - y ojalá no pierda nunca esta capacidad- el desprecio que de sus propias leyes tienen sus servidores. Que las rechacemos nosotros que las combatimos es natural, pero que las desprecien quienes comen de ellas es un indicador más de cuál es su función".5

La otra publicación hace referencia a seis directores de prisiones y los acusa de torturas y malos tratos a los presos, señalando en la "Sección Gallizo" que: Page 4

Ni la señora Margarita Uria ni ninguno de los parlamentarios y parlamentarias que enarbolan los derechos humanos como bandera de combate tuvo la remota ocurrencia de interesarse por las vejaciones y agresiones sexuales sufridas por algunas de las detenidas en las últimas redadas policiales. Sobre esto no tiene interés la señora Uria, no ya como parlamentaria, sino ni siquiera como mujer. Y no se lo pregunta porque sabe que el ser detenido/a como presunto etarra en una operación represiva con la consiguiente cobertura mediática es suficiente motivo para no tener ningún derecho, incluido el de no ser torturado.6

Concretamente se refiere a la directora general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo, aseverando: "O a lo mejor me equivoco y los torturadores son capaces de luchar contra la tortura. Experiencia no les falta. Y entonces, incluso yo sería capaz de imaginarme a la señora Gallizo (directora general de Instituciones Penitenciarias) de otra manera de la que es".7 Y estas últimas afirmaciones son las que se considera que constituyen amenazas terroristas.

En junio de 2005 se concluye el sumario por los nuevos delitos y el juez de la Audiencia Nacional, Pedraz Gómez, concluye que no hay base para acreditar que el preso pertenezca a ETA y, por tanto, procede su libertad. En julio se revoca esta conclusión del sumario. Y el 6 de noviembre, la Audiencia Nacional lo condena a 12 años 6 meses por amenazas terroristas. Esta sentencia fue recurrida a través del recurso de casación. Hay que señalar que la petición inicial del Fiscal fue de 96 años de cárcel para el etarra.

Tercera paradoja: En España, en otros casos similares, las amenazas terroristas se han condenado hasta por 5 años de prisión.

El elemento final de la historia es que de Juana Chaos decidió iniciar una huelga de hambre hasta que se decida su situación jurídica. Primero fue el 8 de agosto de 2006 y la abandona el 8 de...

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