¿Con qué salario se deben cubrir las vacaciones a los meseros que sólo se les paga una cuota fija?

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Laboro como auxiliar de recur-sos humanos en una cadena de restaurantes de comida japonesa. La cadena no determina en calidad de propina para los meseros un porcentaje sobre el consumo de los clientes, pero reciben lo que los clientes les dan a discreción cuando terminan el consumo. Dado que otorgaremos vacaciones a nuestros trabajadores, deseo saber con qué salario debo retribuir dichos días, pues estas personas sólo perciben una cuota fija.

Lector de Pachuca, Hidalgo

¿Con qué salario se deben cubrir las vacaciones a los meseros que sólo se les paga una cuota fija?

El artículo 347 de la LFT dispone lo siguiente (énfasis añadido):

347. Si no se determina, en calidad de propina, un porcentaje sobre las consumiciones, las partes fijarán el aumento que deba hacerse al salario de base para el pago de cualquier indemnización o prestación que corresponda a los trabajadores. El salario fijado para estos efectos será remunerador, debiendo tomarse en consideración la importancia del establecimiento donde se presten los servicios.

Como se aprecia, en caso de que no...

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