¿Sabe cómo le afectará la Ley del IDE por los depósitos en efectivo que efectúe a partir del próximo 1o. de julio? (Primera parte) Marco teórico
Práctica Fiscal › Núm. 509, Junio 2008
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Obligados al pago del IDE. No obligados al pago del IDE. Cálculo del impuesto y recaudación del IDE. Casos prácticos.
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¿Sabe cómo le afectará la Ley del IDE por los depósitos en efectivo que efectúe a partir del próximo 1o. de julio? (Primera parte) Marco teórico
El próximo 1o. de julio entrará en vigor la nueva Ley del IDE (artículo primero transitorio), cuyo objeto son los depósitos en efectivo que se realicen en instituciones del sistema financiero. Dada la proximidad de esta fecha, en la primera parte de este taller se mencionan los obligados al pago del impuesto, quiénes no tienen obligación de pagarlo, así como la mecánica para determinarlo, afin de que los lectores conozcan la manera en que esta ley los afectará a partir de la fecha de referencia. El taller se complementa con diversos casos prácticos. Obligados al pago del IDE De acuerdo con el artículo 1o. de la Ley del IDE, las personas físicas y morales estarán obligadas al pago de este impuesto, respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan a su nombre en las instituciones del sistema ...
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