Notas sobre el constituyente revolucionario, el "derecho a la revolución" y el "derecho de la revolución"

Iuris TantumNúm. 13, Junio 2002Estudios varios

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Notas sobre el constituyente revolucionario, el "derecho a la revolución" y el "derecho de la revolución"

El freno al cambio, y la desadecuación del texto constitucional con lo querido y deseado por la voluntad popular produce que la Constitución se vuelva ineficaz e inútil, puesto que su finalidad contractual entre los órganos del poder constituido y el propietario originario de la soberanía, ya no se da. sobre esto, se ha debatido ampliamente hasta qué punto debe preservarse el orden constitucional, o por el contrario, de ser necesario, derrocarse, inclusive por medio de las armas. ¿Existe un deber moral de rebelarse contra el opresor? ¿Existe un verdadero derecho a la revolución? En este apartado trataremos brevemente hasta qué punto es dable el rebelarse contra el orden constitucional establecido, hasta qué punto puede legitimarse el derecho derivado de la revolución, y finalmente, cual es el tratamiento que le ha dado nuestra Constitución a esta problemática.

Derivado del hecho que una Constitución cesa de representar los intereses e ideales de un pueblo, ya sea por su rigidez, carácter pétreo o intangible, o simplemente porque se ha convertido en una mera hoja de papel, tal como lo ha calificado Ferdinand Lasalle, o en la Constitución "nominal", ver incluso "semántica" de Karl Lowenstein, el pueblo se ve necesitado por encontrar algún medio para obtener los cambios que se requieren, en su mayoría a través de medios extraconstitucionales, en lo que se ha llamado el derecho a la revolución.

Antes de proseguir con las reflexiones inherentes al tema planteado, estimamos necesario, primero que nada, definir lo que es una revolución, a diferencia de otros términos que pudieren parecer análogos, para posteriormente proseguir, a manera de resumen, a destacar algunas de las ideas más relevantes en favor del "derecho a la revolución".

Como ya se ha dicho, para poder entrar en materia sobre lo que significa el derecho a la revolución y posteriormente el derecho de la revolución, es necesario definir y separar al término revolución de las confusiones lingüísticas en que caemos muy seguido. En este sentido, cuando la gente habla de revoluciones, y me refiero no sólo a la gente común, sino también en ocasiones a doctrinarios especializados en la materia, muchas veces está confundiendo el significado de una revolución con toda una serie de conductas, la gran mayoría castigadas por el Código Penal Federal, como podría tratarse de un golpe de Estado, de una sedición, rebelión, asonada, pronunciamiento, cuartelazo o motín, por citar algunos de los más representativos.

La revolución implica un grado profundo de transformación. Va mucho más allá de los términos antes señalados, cuyos significados denotan un alzamiento contra las instituciones, pero nunca un cambio estructural como lo conlleva la revolución. En este sentido, mientras que por "golpe de Estado" hay que entender la violación deliberada de las normas constitucionales de un país y sustitución de su gobierno, generalmente por fuerzas militares; por "cuartelazo" un pronunciamiento militar; por "pronunciamiento", un alzamiento militar contra el gobierno, promovido por un jefe del ejército u otro caudillo; por "motín" un movimiento desordenado de una muchedumbre, por lo común contra la autoridad constituida; por "rebelión", el levantamiento público y en cierta hostilidad contra los poderes del Estado, con el fin de derrocarlos; 1 por asonada, la reunión o concurrencia numerosa para conseguir tumultuaria y violentamente cualquier fin, por lo común político; y la "sedición", el alzamiento colectivo y violento contra la autoridad, el orden público o la disciplina militar sin llegar a la gravedad de la rebelión; una revolución puede definirse de la siguiente manera:

Revolución. (del lat. Revolutio, -onis, (vuelta)) Cambio violento de las instituciones políticas, económicas o sociales de una nación.// Cambio rápido y profundo en cualquier cosa.// Movimiento de un astro en todo el curso de su órbita.// Giro o vuelta que da una pieza sobre su eje.2

Resulta de algún interés el remitirnos al origen de la palabra rebelión, ya que su significado ha mutado de forma completa a través del tiempo: "La palabra es tomada del latín rebellare, que no significa otra cosa que reiniciar una guerra. Cuando una ciudad o provincia había sido subyugada por los romanos, y llevada bajo su dominio, si violaban su palabra después del acuerdo de paz, e invadían a sus amos que les habían perdonado la vida, se decía que se estaban rebelando." ALGERNON SYDNEY, Discourses Concerning Government, editado por F. Darby en Bartholomew-Close, Londres, 1704, p. 376 (traducción del autor). La definición que acabamos de dar es según lo establecido en el Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, vigésima primera edición, Ed. Espasa Calpe, Madrid, 1992, tomo II h/z, p. 1795. No obstante ello, hemos seleccionado únicamente los términos que más se asemejan al sentido que queremos darle al término revolución...

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