Retención de cuotas obreras para enterar al IMSS durante 2007 y su aplicación en nómina

Práctica FiscalNúm. 457, Enero 2007

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Abogados Civil

Resumen


Si bien el Sistema único de autodeterminación realiza el cálculo de las cuotas que se deben enterar al Instituto Mexicano del Seguro Social, es importante que los empleadores tengan presentes las actualizaciones y modificaciones de los porcentajes de las cuotas obrero-patronales referentes al seguro de enfermedades y maternidad, en términos del artículo decimonoveno transitorio del Decreto de la Ley del Seguro Social, publicado el 21 de diciembre de 1995 en el Diario Oficial de la Federación, además de los límites superior e inferior de cotización para el seguro de invalidez y vida, así como para el ramo de cesantía en edad avanzada y vejez, previstos en el artículo vigésimo quinto transitorio del mismo decreto. Al respecto, se indica el procedimiento para que el patrón efectúe la retención de las cuotas obreras por enterar al IMSS durante 2007. Con la finalidad de que los patrones se mantengan informados respecto de las disposiciones de aplicación diferida en materia de seguridad social, se incluyen los cambios a las cuotas de financiamiento utilizadas para el cálculo de las cuotas obrero-patronales en el seguro de enfermedadesy maternidad, además de los límites máximos de cotización que deben emplearse en el seguro de invalidez y vida, así como en el ramo de cesantía en edad avanzada y vejez, los cuales también aplican para el cálculo de las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores.

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Extracto


Retención de cuotas obreras para enterar al IMSS durante 2007 y su aplicación en nómina

Retención de cuotas obreras para enterar al IMSS durante 2007 y su aplicación en nómina

Marco teórico

El derecho a la salud que confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), se hace extensivo al tiempo y al lugar donde las personas desem...

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