Resuelva todas sus dudas con respecto al IETU. Preguntas y respuestas (segunda parte)

Práctica FiscalNúm. 491, Diciembre 2007

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Abogados Fiscal

Resumen


Continuamos con el cuestionario que da respuesta a las principales dudas que han surgido del análisis de la Ley del IETU, a fin de que nuestros lectores puedan resolver sus inquietudes con respecto a la misma. En este número, las preguntas y respuestas se dividieron en diversos apartados, entre otros, los siguientes: impuesto del ejercicio, pagos provisionales, pequeños contribuyentes y obligaciones de los contribuyentes.

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Extracto


Resuelva todas sus dudas con respecto al IETU. Preguntas y respuestas (segunda parte)

Continuamos con el cuestionario que contiene las principales dudas que han surgido del análisis de la Ley del IETU, a fin de que los lectores puedan resolver sus inquietudes con respecto a la misma. En el número anterior, las preguntas y respuestas se dividieron en tres apartados: sujetos del impuesto e ingresos gravados, ingresos exentos y deducciones autorizadas. En esta ocasión, los apartados que desarrollamos son, entre otros, los siguientes:

1. Impuesto del ejercicio.

2. Pagos provisionales.

3. Pequeños contribuyentes.

4. Obligaciones de los contribuyentes.

Impuesto del ejercicio

1. ¿Cómo se determinará el impuesto del ejercicio?

R. El IETU del ejercicio se deberá determinar aplicando la fórmula siguiente:

Totalidad de los ingresos percibidos por las actividades gravadas

(-) Deducciones autorizadas

(=) Base gravable

(x) Tasa del IETU

(=) IETU del ejercicio

Fundamento: art. 1o. de la Ley del IETU.

2. ¿Qué tasa de impuesto se deberá considerar para calcular el IETU?

R. La tasa que se deberá considerar para calcular el IETU es de 17.5%; sin embargo, durante los ejercicios de 2008 y 2009 las tasas aplicables serán las siguientes:

Ejercicio

Tasa del IETU

2008

16.5%

2009

17%

Fundamento: arts. 1o. y cuarto transitorio de la Ley del IETU.

3. ¿Cómo se pagará el IETU del ejercicio?

R. El IETU del ejercicio se pagará mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración anual del ISR.

Es importante destacar que las personas morales deberán pagar el ISR del ejercicio mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal.

Si se trata de personas físicas que obtengan ingresos en un año de calen...

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