Alcance de las facultades y responsabilidades del comisario en las sociedades mercantiles

Práctica FiscalNúm. 483, Septiembre 2007

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Abogados Fiscal

Resumen


¿Quiénes pueden ser comisarios de una sociedad mercantil?. ¿Quiénes no podrán ser comisarios?. ¿Qué facultades y obligaciones asigna la LGSM a los comisarios?. ¿Qué características profesionales debe reunir un comisario?. Formación y práctica profesional del contador público en relación con los requerimientos que la LGSM exige a los comisarios. ¿Se pueden otorgar poderes al comisario para representar a la sociedad?. ¿A quién corresponde el nombramiento y revocación de los comisarios?. Conclusión.

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Extracto


Alcance de las facultades y responsabilidades del comisario en las sociedades mercantiles

La vigilancia de la administración de las sociedades mercantiles corresponde a los comisarios, que constituyen un órgano especial de control sobre la gestión de los administradores.

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define al comisario como la persona que tiene el poder y la facultad de otro para ejecutar alguna orden o entenderse de algún negocio. La palabra comisario proviene del latín committere, que significa confiar, y se refiere a la persona que desempeña un cargo o función por encargo de una autoridad superior.

Por tanto, los comisarios ejecutan las funciones de vigilancia de los actos de administración, para proteger los intereses de los socios que no participan en la administración, así como la de los socios minoritarios, de tal manera que su nombramiento y actuación serán siempre por encargo de la asamblea de accionistas; ellos pueden ser socios o accioni...

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