Análisis de las Resoluciones de la Comisión Federal de Competencia (CFCE) sobre concentraciones.

Revista Letras Jurídicas Núm. 5, Enero 2002

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Resumen


Preservar el equilibrio entre los intereses públicos y los privados en el mercado nacional, ha sido la misión de la Comisión Federal de Competencia, cuya experiencia acumulada durante nueve años de funcionamiento, ha originado que el Pleno establezca criterios de interpretación, lo cual ha fortalecido el marco regulatorio aplicable en el examen de las concentraciones.

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Extracto


Análisis de las Resoluciones de la Comisión Federal de Competencia (CFCE) sobre concentraciones.

Introducción.

En el proceso de globalización económica, sobresale la multiplicación de los conglomerados, denominación con que también son conocidas las concentraciones, cuyo propósito de fortalecer y ampliar su posición en el mercado, amerita ser controlado por el Estado para impedir que afecte o pueda afectar al mercado mexicano, lo cual constituye la misión de la Comisión Federal de Competencia Económica, expresada a través de las instituciones consistentes en las resoluciones emitidas por el Pleno de dicho organismo, cuyo estudio se realizará desde que fue fundada la Comisión, o sea a partir de junio de 1993, hasta el año 2001.

Durante ese período, las funciones del citado colegiado han sido reguladas por dos Reglamentos Interiores; en los cuales, el principio de transparencia aplicado a la divulgación de sus resoluciones, ha recibido un tratamiento diferente, pues de acuerdo al artículo 15 del publicado en el Diario Oficial de la Federación del 12 de octubre de 1993: las resoluciones del Pleno o sus extractos, podrían ser publicados, en el informe de la Comisión o en periódicos o publicaciones especializadas; en cambio el vigente, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de agosto de 1998, en su artículo 17 dispone: respecto de aquellas resoluciones que hayan quedado firmes o sus extractos, podrán incluirse en el informe de la Comisión y deberán publicarse en la Gaceta de la Comisión y en el Diario Oficial de la Federación; disposición que deja completamente clara la obligación de difundir tales resoluciones, lo que en el reglamento abrogado se dejaba a la interpretación, según puede apreciarse en la omisión que recae sobre la divulgación de las actuaciones comprendidas en los primeros cinco años de existencia de la Comisión, pues únicamente fue descrita y concentrada en los informes y sus correspondientes cifras en los anexos, donde aparece organizada por año de funcionamiento, optándose hacerlo por año calendario hasta1997, cambio que originó la existencia un informe semestral, correspondiente al 2º semestre de 1996. Ante tal situación, la información difundida por la propia Comisión y manejada para realizar el análisis de las resoluciones correspondientes a los últimos cuatro años de funcionamiento, fue localizada con notorias difere...

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