Tercera Resolución de modificaciones a la RMF para 2010-2011. Comentarios
Práctica Fiscal › Núm. 601, Enero 2011
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Días inhábiles (regla I.2.1.4; modificación). Actualización de cantidades establecidas en el CFF (regla I.2.1.7; modificación). Monto mínimo para expedir comprobante simplificado (regla I.2.10.1; modificación; segundo transitorio). Documentos que podrán utilizarse como comprobantes fiscales (regla I.2.10.2; modificación). Pago de erogaciones por cuenta de terceros (regla I.2.10.11; modificación). Expedición de comprobantes por cuenta de terceros (regla I.2.10.12; derogación). Comprobantes fiscales de centros cambiarios y casas de cambio (regla I.2.10.14; modificación). Concepto de monedero electrónico y tarjeta de servicio (regla I.2.10.18; modificación). Estado de cuenta como comprobante fiscal (regla I.2.10.19; modificación). Expedición de comprobantes simplificados (regla I.2.10.22; adición). Monto para la expedición de comprobantes fiscales impresos (regla I.2.10.23; adición). Requisitos para uso simultáneo de comprobantes (regla I.2.11.8; modificación). Expedición de comprobantes fiscales impresos (regla I.2.23.2.1; modificación). Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos (regla I.2.23.2.2; modificación). Inscripción en el RFC de personas físicas productores a través de las personas morales constituidas como organizaciones, comités, organismos ejecutores o asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas, pecuarios o pesqueros de acuerdo con el esquema Sistema Producto, previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (regla I.2.23.5.7; modificación). Facilidad para inscribirse y expedir CFD a través de personas morales constituidas como organizaciones, comités, organismos ejecutores o asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas, pecuarias o pesqueras de acuerdo con el esquema denominado Sistema Producto previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en lugar de CFDI (regla I.2.23.5.8; modificación). Opción para cambiar sistema de costeo (regla I.3.3.3.12; adición). Régimen de consolidación fiscal (reglas varias; modificación y derogación). Retenciones en operaciones con partes relacionadas (regla I.3.17.15; modificación; séptimo resolutivo). Plazo para el pago del IETU del ejercicio, de sociedades cooperativas de producción de bienes (regla I.4.3.2; derogación). ISR efectivamente pagado por acreditar de sociedades cooperativas de producción de bienes (regla I.4.3.5; derogación). Vehículos de baja velocidad o bajo perfil (reglas I.12.1 y I.12.2; derogación; 1.12.5; modificación). Diesel aplicable en vehículos marinos (regla I.12.9; adición). Del Decreto para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación, publicado en el DOF el 1 de noviembre de2006 y modificado a través de los diversos publicados en el mismo órgano de difusión el 16 de mayo de 2008 y el 24 de diciembre de 2010 (capítulo I.13.7; adición). Cálculo del porcentaje de maquinaria y equipo (regla I.13.7.1; adición). Devolución de saldos a favor del IVA (regla II.2.3.1; modificación). Aviso de compensación (regla II.2.3.6; modificación). Expedición de estados de cuenta como comprobantes fiscales digitales (regla II.2.8.3; modificación). Declaración informativa de ingresos provenientes de distintos territorios (regla II.3.10.7; modificación). Anexos (tercero resolutivo). Comprobantes fiscales (cuarto, quinto y sexto resolutivos). Ampliación de la entrada en vigor de reglas publicadas en la Segunda Resolución de modificaciones (octavo resolutivo). Documentación que deberán conservar los impresores autorizados (noveno resolutivo). Modificación de los artículos décimo a décimo segundo transitorios de la RMF para 2010 (décimo resolutivo). Entrada en vigor (primero transitorio).
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Extracto
Tercera Resolución de modificaciones a la RMF para 2010-2011. Comentarios
El pasado 28 de diciembre, la SHCP dio a conocer en el DOF la Tercera Resolución de modificaciones a la RMF para 2010-2011 y sus anexos 1 y 1-A. Mediante esta publicación se realizaron diversos cambios a la resolución, de los cuales se comentan los más importantes. Libro Primero CFF Días inhábiles (regla I.2.1.4; modificación) Según el artículo 12 del CFF, en los plazos fijados en días no se contarán los sábados, los domingos ni el 1o. de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1o. y 5 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo, y el 25 de diciembre; asimismo, tampoco se contarán en dichos plazos, los días en que tengan vacaciones generales las autoridades fiscales federales, excepto cuando se trate de plazos para la presentación de declaraciones y pago de contribuciones, exclusivamente, en cuyos casos esos días se considerarán hábiles. Al efecto, la regla I.2.1.4 indica los días inhábiles para el SAT en adición a los señalados en el párrafo anterior; con la modificación a la regla, también se incluyeron como días inhábiles para tal organismo los que comprenden el periodo del 22 de diciembre de 2010 al 4 de enero de 2011. Actualización de cantidades establecidas en el CFF (regla I.2.1.7; modificación) La regla I.2.1.7 dispone que las cantidades establecidas en el CFF se deberán actualizar cuando el incremento porcentual acumulado del INPC desde el mes en que se hayan actualizado por última vez exceda de 10%. La actualización se llevará a cabo a partir de enero del siguiente ejercicio fiscal a aquel en el que se haya dado tal incremento. Para la actualización mencion...
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