El Infonavit da a conocer "Nuevo programa de facilidades 2008" para regularizar adeudos anteriores al sexto bimestre de 2007

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A través de la página de Internet, www.infonavit.gob.mx, en el apartado "Empresarios", el Infonavit dio a conocer el "Nuevo programa de facilidades 2008" dirigido a patrones que han tenido dificultades para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Según el programa de facilidades, son susceptibles de regularizarse los adeudos en materia de aportaciones de vivienda correspondientes a los bimestres anteriores al sexto bimestre de 2007, con adeudos por concepto de aportaciones de 5%, su actualización y recargos, de las amortizaciones.

El programa comprende tanto a patrones deudores requeridos como a no requeridos, y los beneficios que podrán obtener al regularizar los adeudos son los siguientes:

  1. Condonación hasta el 100% de las multas.

  2. Condonación de cualquier gasto de ejecución distinto al 2% de la diligencia de requerimiento de pago y embargo, y honorarios de intervención.

  3. Autorización para cubrir hasta en 48 parcialidades las aportaciones y sus accesorios, así como los recargos de las amortizaciones.

  4. Autorización para cubrir el adeudo en parcialidades, con pagos mensuales, semestrales o anuales.

  5. Garantía del interés fiscal propuesta por el contribuyente deudor, o mediante obligación asumida por un tercero, en caso de que el pago se realice en parcialidades.

  6. No revisión de los periodos regularizados mediante el programa, excepto cuando se reciba alguna queja por falta de pago de las aportaciones a favor de un trabajador de la empresa regularizada.

  7. No presentación de querellas por la posible comisión de delitos fiscales.

    Los porcentajes de condonación de multas del primero al quinto bimestre de 2007 son los siguientes:

    [ VEA LA TABLA EN EL PDF ADJUNTO ]

    Los porcentajes de condonación de multas de cualquier periodo anterior al primer bimestre de 2007 son los siguientes:

  8. En una exhibición, 20%.

  9. En parcialidades, 0%

    La condonación de gastos de ejecución de cualquier periodo anterior al sexto bimestre de 2007 será de 100% para cualquier gasto de ejecución distinto al 2% de la diligencia de requerimiento de pago y embargo, y honorarios de intervención, ya sea que el pago se realice en una exhibición o en parcialidades.

    Las políticas del programa son las siguientes:

  10. No tener medios de defensa interpuestos, o copia sellada del desistimiento presentada ante la autoridad competente.

  11. Regularizar...

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