Reglamento de la Ley de Comercio Exterior

Leyes aduanales y de comercio exterior 2010Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (2010)

Enlazado como:

Resumen


TÍTULO I. Disposiciones Preliminares. - CAPÍTULO ÚNICO. Definicion de conceptos. - TÍTULO II. Comisión de Comercio Exterior. - CAPÍTULO I. Estructura. - CAPÍTULO II. Sesiones. - CAPÍTULO III. Funciones. - CAPÍTULO IV. Acuerdos de la Comisión. - TÍTULO III. Permisos Previos y Cupos de Exportación e Importación. - CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. - CAPÍTULO II. Per mi sos Pre vios. - CAPÍTULO III. Cupos. - TÍTULO IV. Prácticas Desleales de Comercio Internacional. - CAPÍTULO I. De fi ni cio nes. - CAPÍTULO II. Importaciones en Condiciones. - CAPÍTULO III. Daño y Amenaza de Daño a la Producción Nacional. - TÍTULO V. Medidas de Salvaguarda. - CAPÍTULO ÚNICO. Determinación de la procedencia de una medida de salvaguarda. - TÍTULO VI. Procedimiento en Materia de Prácticas Desleales de Comercio Internacional. - CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. - CAPÍTULO II. Resolución de Inicio. - CAPÍTULO III. Resolución Pre li mi nar. - CAPÍTULO IV. Resolución Final. - CAPÍTULO V. Reuniones Técnicas de Información. - CAPÍTULO VI. Audiencias Conciliatorias. - CAPÍTULO VII. Cuotas Compensatorias. - CAPÍTULO VIII. Revisión de las Cuotas Compensatorias Definitivas. - CAPÍTULO IX. Compromisos de Exportadores y Gobiernos. - CAPÍTULO X. Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias. - TÍTULO VII. Procedimiento en Materia de Medidas de Salvaguarda. - CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. - CAPÍTULO II. Resolución de Inicio. - CAPÍTULO III. Resolución Final. - CAPÍTULO IV. Medidas de Salvaguarda Provisionales ante Circunstancias Críticas. - CAPÍTULO V. Otras Disposiciones. - TÍTULO VIII. Disposiciones Co mu nes a los Procedimientos en. - CAPÍTULO I. Investigación de Oficio, Organizaciones Legalmente Constituidas, Desistimiento, Expediente Administrativo y Remisión de Copias a los Interesados. - CAPÍTULO II. Notificaciones. - CAPÍTULO III. Información Pública, Confidencial, Comercial Reservada y Gubernamental Confidencial. - CAPÍTULO IV. Solicitud de Confidencialidad de la Información. - CAPÍTULO V. Pruebas, Audiencia Pública y Alegatos. - CAPÍTULO VI. Visitas de Verificación. - TÍTULO IX. Comisión Mixta para la Promoción de las Exportaciones. - CAPÍTULO I. Dis po si ción General. - CAPÍTULO II. Estructura. - CAPÍTULO III. Funciones de la Comisión Mixta. - CAPÍTULO IV. De sus Niveles y Modalidades. - CAPÍTULO V. De los Pro ce di mien tos de la Comisión Mixta. - CAPÍTULO VI. Funciones de los Presidentes de la Comisión Mixta. - CAPÍTULO VII. Funciones de los Secretarios Técnicos. - TÍTULO X. Sistema Nacional de Promoción Externa. - CAPÍTULO ÚNICO. Establecimiento del sistema nacional de promocion externa. - TÍTULO XI. Premio Nacional de Exportación. - CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad del premio nacional de exportacion

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Reglamento de la Ley de Comercio Exterior

TÍTULO I. Disposiciones Preliminares

CAPÍTULO ÚNICO. Definicion de conceptos

1o.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:

I. Ley, la Ley de Comercio Exterior;

II. Secretaría, la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial;

III. Comisión, la Comisión de Comercio Exterior, y

IV. Comisión Mixta, la Comisión Mixta para la Promoción de las Exporta-cio nes.

Cuando este Reglamento se refiera a plazos en días se entenderán días hábiles y cuando se refiera a meses o años se entenderán meses o años calen da rio.

TÍTULO II. Comisión de Comercio Exterior

CAPÍTULO I. Estructura

INTEGRACION DE LA COMISION DE COMERCIO EXTERIOR

2o.- La Comisión estará integrada por representantes de cada una de las siguientes dependencias y organismos:

I. Secretaría de Relaciones Exteriores;

II. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

III. Secretaría de Desarrollo Social;

IV. Secretaría de Comercio y Fo men to Indus trial;

V. Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos;

VI. Secretaría de Salud;

VII. Banco de México, yVIII. Comisión Federal de Competencia.

Cuando la Comisión deba tratar asuntos de comercio exterior que involucren a un sector específico, podrá invitarse a representantes de otras dependencias o entidades de la Administración Pública Federal y Estatal.

COMISION DE COMERCIO EXTERIOR. FUNCIONAMIENTO

3o.- La Comisión funcionará a dos niveles jerárquicos, el de subsecretarios o equivalentes y el de directores general es o equival entes.

En las sesiones de subsecretarios se analizarán, definirán y propondrán li-neamientos de carácter general y medidas específicas en materia de comercio exterior. Además, se resolverán aquellos asuntos que le sean sometidos por acuerdo tomado en la Comisión a nivel de directores generales.

A nivel de directores generales serán analizadas las medidas específicas que correspondan conforme a los lineamientos establecidos a nivel de subsecretarios, así como las propuestas que se considere pertinente elevar a la Comisión a nivel de subsecretarios.

PARTICIPANTES EN LA COMISION A NIVEL DE SUBSECRETARIOS

4o.- Participarán en la Comisión a nivel de subsecretarios:

I. Por la Secretaría, el Subsecretario de Negociaciones Comerciales Internacionales, quien la presidirá, el Subsecretario de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, el Subsecretario de Industriay el Subsecretario de Comercio Interior. El Presidente de la Comisión a este nivel será suplido en sus ausencias por los otros subsecretarios de la Secretaría en el orden indicado en esta fracción, y

II. Por las demás Secretarías y entidades a que se refiere el artículo 2o. de este Reglamento, el sub se cre ta rio o equi va len te de sig na do por la de penden cia u or ga nis mo correspondiente.

En este nivel fungirá como Secretario Técnico el Director General de Política de Negociaciones Comerciales Internacionales de la Secretaría.

PARTICIPANTES EN LA COMISION A NIVEL DE DIRECTORES GENERALES

5o.- Participarán en la Comisión a nivel de directores generales:

I. Por la Secretaría, el Director General de Política de Negociaciones Comerciales Internacionales, quien la presidirá, y un representante con cargo de director general de la Subsecretaría de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, de la Subsecretaría de Industriay de la Subsecretaría de Comercio Interior. El Presidente de la Comisión a este nivel será suplido en sus ausencias por los otros directores generales de la Secretaría en el orden indicado en esta fracción, y

II. Por las demás Secretarías y organismos a que se refiere el artículo 2o. de este Reglamento, un representante con cargo de director general o equi-va len te de sig na do por la de pen den cia u or ga nis mo correspondiente.

Asimismo, podrá solicitarse la asistencia de un servidor público comisionado por el titular de la Administración General de Aduanas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que funja como asesor de la Comisión en materia de clasificación arancelaria y nomenclatura. El Director General de Política de Negociaciones Comerciales Internacionales de la Secretaría de sig na rá al Se cre ta rio Técnico de la Comisión a este nivel.

CAPÍTULO II. Sesiones

QUORUM PARA QUE LA COMISION PUEDA SESIONAR

6o.- Para que la Comisión pueda sesionar, se requerirá la asistencia de por lo menos un representante de la Secretaría y de la mayoría de las dependencias y organismos a que se refiere el artícul o 2o. de este Reglamento.

SESIONES ORDINARIAS O EXTRAORDINARIAS DE LA COMISION

7o.- Las sesiones de la Comisión podrán ser ordinarias o extraordinarias. Las sesiones ordinarias se convocarán cada seis meses a nivel de subsecretarios y cada tres meses a nivel de directores genera les. Las sesiones extraordinarias serán convocadas, en cualquier ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía