Los registros electorales

AutorCarlos Alberto Urruty
Cargo del AutorDoctor en derecho y ciencias sociales. Presidente de la Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay, Montevideo.
Páginas463-486
XX. LOS REGISTROS ELECTORALES
CARLOS ALBERTO URRUTY
1. INTRODUCCIÓN
La organización de un registro electoral confiable constituye el pilar bási-
co sobre el cual reposa toda la estructura electoral y, cuando se está exami-
nando el proceso electoral de un país, es factor decisivo para calificar su
credibilidad. De poco sirve establecer normas que aseguren que el elector
se exprese libremente y exento de presiones cuando está emitiendo su voto
y que eliminen maniobras conducentes a desnaturalizar el cómputo de los
sufragios, torciendo el resultado de la elección, si esas normas no están
precedidas de otras que consagren las mismas garantías respecto a los
actos previos a la elección, igualmente decisivos en ese resultado. Ésa es
la razón que explica que en la década de 1980, en que varios países de
América Latina accedieron o recuperaron la democracia como sistema
de gobierno, la primera preocupación fuera la de dotar a los procesos elec-
torales de un registro electoral confiable, como garantía básica de su
pureza. Por este motivo el análisis del registro electoral y del padrón elec-
toral constituyeron, en esa década, temas de tratamiento preferente en los
seminarios organizados por las instituciones internacionales y nacionales
creadas con la finalidad de contribuir a la consolidación de la democracia.
Afortunadamente, hoy en día la mayoría de los países latinoamericanos ha
logrado organizar registros electorales que, en general, merecen la acepta-
ción de los protagonistas del proceso electoral, aprovechando, entre otras
cosas, la moderna tecnología, por lo cual el tema ha quedado desplazado
del tratamiento preferente en los seminarios internacionales cuyo enfoque
apunta actualmente, mucho más a los partidos políticos y a sus fuentes de
financiamiento, que a los organismos electorales. Esto no hace olvidar la
importancia de una adecuada organización del registro electoral como fac-
tor decisivo en la pureza y credibilidad del proceso electoral.
La forma como ha sido organizado el registro electoral tiene conse-
cuencias decisivas en lo individual, pues de ella depende el ejercicio efecti-
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vo del derecho al sufragio, es decir, hace posible que quien, a la luz de las
normas constitucionales y legales, es titular de los derechos políticos, pue-
da efectivamente elegir o aspirar a ser electo. Es decisiva, también, en lo
colectivo, ya que del registro electoral resulta la composición del cuerpo
electoral, relevante y primario órgano de gobierno al cual se ha confiado el
ejercicio de la función electoral e, incluso, la coparticipación en el ejercicio
de la función constituyente o legislativa, en los países que reconocen, en su
orden jurídico, los institutos de democracia directa.
Pese a los adelantos comprobables, al analizar la evolución que en ma-
teria de organización de los registros electorales se ha experimentado en
los diversos países de América, se aprecian, de todos modos, deficiencias
que, si no dan lugar a maniobras, es como consecuencia de que las fuerzas
políticas en pugna han preferido participar en “un juego limpio”, en lugar
de aprovecharse de esas fallas para torcer el resultado de la elección.
2. REGISTRO ELECTORAL Y REGISTRO CIVIL
Existe una indiscutible relación entre ambos registros. Esa estrecha re-
lación se explica porque en casi todos los países de América el derecho de
elegir y ser electo depende, de acuerdo con las normas constitucionales,
de requisitos relacionados con la nacionalidad, la ciudadanía y la edad.
Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos, la mayoría de las le-
gislaciones exige la presentación de certificaciones extraídas del Registro
del Estado Civil cuando el procedimiento de inscripción en el registro elec-
toral no es automático, o se basan en datos existentes en el Registro Civil
cuando dicho registro está integrado al electoral en los sistemas de inscrip-
ción automática.
Esto permite apreciar la enorme trascendencia que una adecuada orga-
nización del Registro del Estado Civil tiene en la confiabilidad y pureza del
registro electoral y la necesidad de asegurar una fluida relación entre am-
bos registros en los casos en que son administrados por distintas entidades
estatales.
La legislación comparada nos ofrece diversas soluciones en materia de
organización del Registro Electoral, del Registro Civil y del Registro de Iden-
tidad. Existen países que organizan separadamente los tres registros. Es el
caso de Argentina y Uruguay. Es más frecuente encontrar que la identifica-
ción y el estado civil sean registrados por un mismo ente público. El regis-
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