Registro patronal único. Principales aspectos por considerar para su solicitud

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El artículo 15, fracción I, de LSS establece la obligación patronal de registrarse e inscribir a sus trabajadores ante el IMSS; por ello, cuando el patrón decida iniciar una empresa deberá solicitar un registro patronal, mismo que será asignado por el instituto y que servirá para identificar a los patrones.

No obstante, cuando los patrones pretenden extender sus negocios a toda la República Mexicana, el proceso administrativo se torna complicado, pues según el artículo 13 del Racerf, el patrón estará obligado a solicitar un registro patronal para cada una de las sucursales que maneje, lo que significa mayor carga administrativa al tener que determinar sus obligaciones patronales porcada domicilio fiscal en el que se tenga una sucursal.

Por tal motivo, el IMSS proporciona al patrón la posibilidad de concentrar todos sus registros patronales en un solo registro con objeto de que aquellos que cuenten con centros de trabajo en diversas partes del país, cuenten con un mecanismo que les permita controlar a sus trabajadores sin que el instituto pierda información que le permita conocer la ubicación geográfica de su población derechohabiente.

De esta manera, a partir de la entrada en vigor del Racerf-2 de noviembre de 2002- el patrón puede solicitar al IMSS la asignación de un Registro patronal único (RPU) que integre los diversos registros patronales que tenga, ya sea en el Distrito Federal o en uno o varios municipios o ambos, a fin de simplificar la administración de los mismos.

En este sentido, en 2002, el Consejo Técnico del IMSS dictó el acuerdo 697/2002, el cual fue sometido a análisis por la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, quien luego de estudiar las sugerencias y adecuaciones de esta dirección, aprobó los lineamien-tos el 27 de mayo de 2003.

En consecuencia, el IMSS publicó en el DOF del 14 de mayo de 2004, el acuerdo 325/2003 del Consejo Técnico, relativo a la asignación del RPU, así como el Aviso mediante el cual se da a conocer el formato de Relación de registros patronales, publicado en el mismo órgano oficial el 16 de junio de 2005.

Es de observar que el acuerdo 325/2003 fue modificado por el acuerdo 480/2006, publicado en el DOF el 2 de enero de 2007.

Al respecto, se analizan los puntos principales para obtener el RPU, las obligaciones que derivan del mismo, así como sus beneficios y desventajas.

Qué es el RPU

Se entiende por RPU el registro que corresponde al domicilio fiscal de una empresa que tiene sus respectivos registros patronales de sus centros de trabajo en diversos municipios, a través del cual transmite los movimientos afiliatorios de todos los trabajadores de sus diversos centros de trabajo.

Así, el RPU permite asociar los registros patronales de los diferentes centros de trabajo, afin de poder transmitir los movimientos afiliatorios de todos los trabajadores de los registros patronales de sus asociados y bajo una sola prima del seguro de riesgos de trabajo.

Quiénes pueden solicitar el RPU

Según el artículo 13, penúltimo párrafo, del Racerf, a solicitud por escrito del patrón, el IMSS podrá asignar un RPU en la forma y en los términos que se señalen en los linea-mientos que para tal efecto expida el Consejo Técnico.

De esta manera, conforme al acuerdo 325/2003 relativo a la asignación del RPU, dictado por el Consejo Técnico del IMSS, los patrones que cuenten con diversos registros patronales ante dicho instituto, ya sea por municipio o en el DF, pueden solicitar el RPU, siempre que a la fecha de solicitud no tengan interpuestos ante el IMSS escritos de desacuerdo, recursos de inconformidad o juicios en materia de clasificación de empresas y cálculo de la prima del seguro de riesgos de trabajo, relacionados con los registros patronales por unificar.

Requisitos para solicitar el RPU

Para poder solicitar el RPU los patrones deberán cumplir los requisitos siguientes:

  1. Tener un número patronal de identificación electrónica (NPIE) y certificado digital vigente.

  2. Contar con el registro patronal vigente.

  3. Tener al menos un trabajador registrado.

  4. El registro patronal no debe ser de un registro asociado a un RPU.

  5. No tener desacuerdos y/o inconformidades en materia de seguro de riegos de trabajo y en su caso, de-sistirse y comprobar el hecho.

  6. Que el registro patronal que concentrará a los registros patronales asociados sea el que tenga el patrón como domicilio fiscal.

Procedimiento para solicitar el RPU

Según el acuerdo 325/2003, los patrones que deseen obtener el RPU deben seguir el procedimiento siguiente:

  1. El representante legal del patrón acudirá a la delegación del IMSS, al departamento de Supervisión de afiliación y vigencia correspondiente conforme a su domicilio fiscal, a fin de cumplir con lo siguiente:

    1. Recoger la "Solicitud de adhesión para la asignación del Registro patronal único" y requisitarla junto con el formato anexo denominado "Relación de registros patronales". El formato anexo precisa las instrucciones generales y específicas para su llenado, de las que destacan las siguientes:

      - Indicar los datos del patrón o sujeto obligado, y los números de registros patronales por unificar.

      - Señalar el domicilio, la clase, la fracción y la prima con la que esté inscrito cada registro patronal por unificar.

      - Asentar el nombre de la delegación y la sub-delegación de control del domicilio de cada uno de los registros por unificar.

    2. Solicitar la "Carta de aceptación por parte del patrón de las condiciones en que operará el Registro patronal único".

    3. Comprobar que se encuentra registrado en el sistema "IMSS desde su empresa" (IDSE) para realizar el envío de los movimientos afiliatorios de sus trabajadores.

      Cabe observar que conforme al acuerdo 480/2006 del Consejo Técnico del IMSS que modifica los linea-mientos para la asignación del...

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