Reforma fiscal para 2005. Casos prácticos

Práctica FiscalNúm. 385, Enero 2005

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Resumen


Ley del Impuesto sobre la Renta. Caso 1. ISR anual de 2005 de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR. Caso 2. Pago provisional mensual de una sociedad que inicia su proceso de liquidación en 2005. Caso 3. Pago provisional de julio de 2005 de una sociedad que entró en periodo de liquidación en noviembre de 2004. Caso 4. Coeficiente de utilidad para el ejercicio fiscal de 2005. Caso 5. PTU correspondiente al ejercicio fiscal de 2005, de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR. Caso 6. Monto deducible de la PTU pagada en el ejercicio fiscal de 2005. Caso 7. Interés no deducible cuando se determinan deudas en exceso sobre el capital. Caso 8. ISR anual correspondiente al ejercicio de 2005 de una persona que realiza exclusivamente actividades primarias. Caso 9. Utilidad fiscal neta del ejercicio de 2005. Caso 10. Costo de lo vendido que podrá deducir una persona moral dedicada a la comercialización en el ejercicio de 2005. Caso 11. Costo de lo vendido en 2005 de una persona moral dedicada a la prestación de servicios. Caso 12. Costo de lo vendido en 2005, cuando se opta por considerar como ingreso acumulable la parte del precio exigible en el ejercicio, de una operación que se realiza mediante un contrato de arrendamiento financiero. Caso 13. Determinación del inventario acumulable en el ejercicio de 2005. Caso 14. Retención de ISR por la prestación de un servicio personal subordinado en el ejercicio de 2005. Caso 15. Deducción opcional que podrá aplicar una persona física que tributa en el régimen de las actividades empresariales y profesionales. Caso 16. Pago provisional de ISR de enero de 2005, de una persona que realiza actividades empresariales y que tributa en el régimen de las actividades empresariales y profesionales. Caso 17. Monto de ingresos para continuar tributando en el régimen de pequeños contribuyentes. Caso 18. Pago mensual de ISR de un pequeño contribuyente, cuando obtiene ingresos por la enajenación de mercancías de procedencia extranjera y nacional, así como por la prestación de servicios. Caso 19. Impuesto anual de 2005, de una persona física que tributa en el régimen de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado. Caso 20. Monto de inversiones que se podrá deducir cuando se realicen adaptaciones a las instalaciones que impliquen adiciones o mejoras para discapacitados. Caso 21. Determinación de la deducción inmediata, de una inversión en las áreas metropolitanas del Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey. Caso 22. Determinación del estímulo fiscal para contribuyentes que contraten personas con discapacidad. Caso 23. Determinación de la deducción de un terreno para los contribuyentes que se dediquen a la construcción y enajenación de desarrollos inmobiliarios. Caso 24. IA del ejercicio fiscal de 2005. Caso 25. IVA por pagar en 2005, por una persona física que tributa en el régimen de pequeños contribuyentes. Caso 26. IVA por pagar de una persona física que tributa en el régimen de pequeños contribuyentes y que inicia actividades durante el ejercicio de 2005. Caso 27. IVA acreditable de una persona obligada al pago de este impuesto por la totalidad de las actividades que realiza. Caso 28. IVA acreditable de una persona física obligada al pago de este impuesto sólo por una parte de las actividades que realiza. Caso 29. IVA acreditable de una inversión efectuada por un contribuyente que realiza actividades gravadas y exentas para efectos de este impuesto. Caso 30. IVA acreditable de una persona que realiza actividades gravadas y exentas conforme a la opción prevista en el artículo 4o.-B de la Ley del IVA. Caso 31. Ajuste del acreditamiento de IVA que se aplicó por una inversión que se utiliza indistintamente para realizar actividades gravadas y exentas. Caso 32. Compensación y solicitud de devolución de un saldo a favor de IVA. Caso 33. IEPS por la importación de bebidas que utilicen como edulcorante únicamente azúcar de caña. Caso 34. Impuesto sobre tenencia para 2005 de un automóvil con capacidad hasta de 15 pasajeros. Caso 35. Impuesto sobre tenencia para 2005 por la adquisición de automóviles híbridos. Caso 36. Acreditamiento del diesel para su consumo final contra el ISR a cargo y retenciones efectuadas a terceros del mismo impuesto. Caso 37. Aplicación del estímulo fiscal derivado de gastos realizados por el uso de infraestructura carretera de cuota. Caso 38. Acreditamiento del IEPS para contribuyentes dedicados al autotransporte, comparando lo establecido en la Ley de Ingresos de la Federación para 2005 con la Resolución Miscelánea Fiscal 2004-2005.

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Extracto


Reforma fiscal para 2005. Casos prácticos

El pasado 1o. de diciembre, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), diversos decretos de reforma a las leyes fiscales para 2005, los cuales son los siguientes:

1. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

2. Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Activo y establece los Subsidios para el Empleo y para la Nivelación del Ingreso.

3. Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

4. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

5. Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Asimismo, el 24 de noviembre, la SHCP dio a conocer en el DOF, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005.

Derivado de las reformas a los citados ordenamientos tributarios que se aprobaron para el ejercicio fiscal de 2005, en el presente taller se han elaborado diversos casos prácticos que tienen como fin que los lectores conozcan y apliquen correctamente las disposiciones fiscales vigentes.

Cabe indicar que de las modificaciones del decreto referido en el punto 2, algunas disposiciones entran en vigor en 2005 y otras en 2006; en virtud de ello, en esta edición se incluyen las reformas aplicables para este ejercicio, y en nuestro próximo número se relacionarán las relativas al ejercicio de 2006.

Ley del Impuesto sobre la Renta

Caso 1. ISR anual de 2005 de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR

PLANTEAMIENTO

Una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR desea determinar el ISR anual del ejercicio fiscal de 2005.

DATOS Del ejercicio de 2005

* Ingresos acumulables $649,600

* Deducciones autorizadas $468,750

* Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar (actualizadas) $105,000

* PTU pagada en el ejercicio, en términos del artículo 123 constitucional $38,000

* Pagos provisionales efectuados durante el ejercicio $16,540

* ISR retenido por intereses $2,390

DESARROLLO

1. Determinación del resultado fiscal del ejercicio de 2005.

Ingresos acumulables $649,600

(-) Deducciones autorizadas 468,750

(=) Utilidad fiscal $180,850

(-) Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar (actualizadas) 105,000

(=) Resultado fiscal del ejercicio de 2005 $75,850

2. Cálculo del impuesto del ejercicio de 2005.

Resultado fiscal del ejercicio de 2005 $75,850

(x) Tasa del impuesto1 30%

(=) ISR bruto $22,755

(-) Pagos provisionales efectuados durante el ejercicio 16,540

(-) ISR retenido por intereses 2,390

(=) ISR anual del ejercicio de 2005 $3,825

COMENTARIO

Se mostró la mecánica para que las personas morales del régimen general de la Ley del ISR determinen el impuesto anual del ejercicio fiscal de 2005.

Con la reforma al artículo 10 de la Ley del ISR, a partir del 1o. de enero de 2005 se establece que las personas morales obtendrán la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas. Al resultado obtenido se le disminuirá, en su caso, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin embargo, durante este ejercicio todavía no puede disminuirse de la utilidad fiscal la PTU pagada en el ejercicio, dado que conforme al artículo tercero, fracción II, primer párrafo, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2005, dicha disminución aplicará con respecto a la PTU generada a partir del 1o. de enero de 2005, la cual se paga hasta 2006.

FUNDAMENTO

Artículos 10 de la Ley del ISR para 2005 y tercero, fracción II, primer párrafo, de las disposiciones transitorias de la misma ley.

Caso 2. Pago provisional mensual de una sociedad que inicia su proceso de liquidación en 2005

PLANTEAMIENTO

Una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que en marzo de 2005 inicia su periodo de liquidación, desea determinar el ISR de su primer pago provisional.

DATOS

De marzo de 2005

* Ingresos nominales $392,000

* ISR retenido por intereses $251

* Pagos provisionales efectuados $0

Otros

* Pérdidas fiscales actualizadas de ejercicios anteriores pendientes de amortizar $28,486

* Coefici...

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