El recurso de revisión de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo bajo el prisma de la jurisprudencia del Poder Judicial de la Federación
Revista del Instituto de la Judicatura Federal › Núm. 25, Enero 2008 › Foro
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I. Introducción.- II. La teoría del recurso administrativo.- III. El recurso administrativo en el esquema de la justicia administrativa.- IV. La interpretación del Poder Judicial de la Federación sobre el recurso de revisión: tesis relevantes - V. Conclusiones.- Referencias.
Texto
Fix-Zamudio, Héctor, Introducción a la justicia administrativa en el ordenamiento mexicano, México, El Colegio Nacional, 1983, pp. 43-45.
González Pérez, Jesús, Los recursos administrativos, Madrid, Boletín Oficial del Estado, 1969, p. 34, e Id., El procedimiento administrativo, Madrid, Abella, 1964, p. 747.
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Fraga, Gabino, Derecho Administrativo. Vigésimo tercera edición. México, Porrúa, 1982, p. 445. En los mismos términos, vid. Galindo Camacho, Miguel, Derecho Administrativo. Tomo II. México, Porrúa, 1998, p. 280.
Serra Rojas, Andrés, Derecho Administrativo, Segundo curso, Décimo séptima edición, México, Porrúa, 1995, p. 727.
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Briseño Sierra, Humberto, Derecho Procesal Fiscal, segunda edición, México, Miguel Ángel Porrúa editor, 1990, pp. 103 y 105.
Fix-Zamudio, Héctor, op. cit. supra nota 1, p. 45. Igualmente del mismo autor puede verse con provecho varios de sus estudios sobre recursos administrativos: id., “Introducción al estudio de los recursos administrativos” en VV. AA., Estudios de Derecho público contemporáneo. Homenaje a Gabino Fraga, Fondo de Cultura Económica-UNAM, 59-79, e id., “Los recursos administrativos” en Trimestre Fiscal, número 23, enero-marzo de 1985, Guadalajara.
Sobre este particular el profesor Alessi considera que el fundamento del recurso viene dado por la ilegalidad del acto, en el sentido de disconformidad con el Derecho, op. cit. supra nota 7, p. 618.
Fix-Zamudio, Héctor, op. cit. supra nota 1, p. 46. Una coincidencia interesante con el doble fundamento expuesto por Fix-Zamudio es el planteamiento de Alfonso Nava Negrete, con especial referencia a la experiencia mexicana, en la voz “Recursos administrativos”, op. cit. supra nota 16, p. 2710. En la doctrina española, se han expresado suspicacias respecto al fundamento garantista protector de los derechos del administrado, vid. Sarmiento Acosta, Manuel J., op. cit. supra nota 6, pp. 33-36 y 43-46.
Aunque no maneja expresamente la idea de este tercer fundamento jurídico, se puede derivar del planteamiento formulado por Vázquez Alfaro, José Luis, op. cit. supra nota 14, p. 61. También cf. Armienta Hernández, Gonzalo, op. cit. supra nota 4, pp. 68-70.
V. gr. Armienta Hernández, Gonzalo, op. cit. supra nota 4, pp. 72-78; Carrillo Flores, Antonio, op. cit. supra nota 15, p. 110; Nava Negrete, Alfonso, “Recursos administrativos”, cit. supra nota 16; Vázquez Alfaro, José Luis, op. cit. supra nota 14, pp. 65-66.
Vázquez Alfaro cita a Auby y Drago, Rougevin-Baville, Bonnard y Debbasch, loc. cit.
Ibid., p. 65.
Loc. cit.
Loc. cit.
Loc. cit.
Cfr. Tesis de jurisprudencia I.3o.A. J/28, “RECURSOS ADMINISTRATIVOS. EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD CUANDO DICHOS MEDIOS DE DEFENSA SE ENCUENTRAN PREVISTOS EN UN REGLAMENTO ADMINISTRATIVO Y NO EN LA LEY QUE ESTE REGLAMENTA. ARTÍCULO 23 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN” del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, tomo VIII-Octubre, p. 109 (esta tesis también aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, número 46, octubre de 1991, p. 49, y como la tesis 724 del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, tomo III, Parte TCC, p. 536). Vinculada a esta jurisprudencia tenemos las siguientes tesis aisladas: “RECURSOS ADMINISTRATIVOS. EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD SI ESTÁN PREVISTOS EN UN REGLAMENTO Y NO EN LA LEY QUE ESTE REGLAMENTA” del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, tomo VII-enero, p. 415; “RECURSOS ORDINARIOS. OBLIGATORIEDAD DE LOS” del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo III, Segunda Parte-2, p. 651; “RECURSOS ADMINISTRATIVOS. DEBEN ESTAR ESTABLECIDOS EN LAS LEYES. INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 23, FRACCIÓN VI, DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y 202, FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN” del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, tomo II, Segunda Parte-2, p. 459; y “RECURSOS ADMINISTRATIVOS. SOLO ES OBLIGATORIO AGOTARLOS EN FORMA PREVIA AL JUICIO DE NULIDAD CUANDO SE ENCUENTREN ESTABLECIDOS EN LEYES” del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, tomo II, Segunda Parte-2, p. 462.
Diario Oficial de la Federación de 26 de diciembre de 1999.
Sobre la tendencia judicialista de la jurisdicción administrativa, cf. Fix-Zamudio, Héctor, op. cit. supra nota 1, pp. 61-78, e id., “Los Tribunales Administrativos en el ordenamiento mexicano” en Memoria de El Colegio Nacional, 1989, pp. 99 a 102; Vázquez Alfaro, José Luis, op. cit. supra nota 14, pp. 157-163, e id., Evolución y perspectivas de la jurisdicción administrativa en el ordenamiento mexicano, México, UNAM, 1991.
Fue uniforme el criterio de la Suprema Corte de Justicia sobre este particular, en las sentencias recaídas en las controversias constitucionales planteadas por los ayuntamientos neoleoneses de Monterrey, San Nicolás de los Garza y San Pedro Garza García; resoluciones publicadas respectivamente en los siguientes tomos del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época: 1) tomo III, mayo de 1996, Controversias Constitucionales, ponente: ministro Mariano Azuela Güitrón, pp. 315-362; 2) tomo IV, julio de 1996, Controversias Constitucionales, ponente: ministro Juan Díaz Romero, pp. 240-286, y 3) tomo X, julio de 1999, Controversias Constitucionales, ponente: ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, pp. 631- 689. Sobre estas sentencias, vid. Pérez López, Miguel, “Los ayuntamientos ante la jurisdicción administrativa de los Estados de la Unión” en Alegatos, número 44, enero-abril de 2000.
Cfr. la tesis aislada “AUDIENCIA, GARANTIA DE” del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo VII-enero, p. 153.
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, séptima época, Parte VI, p. 75.
Tesis 724, con rubro “RECURSOS ADMINISTRATIVOS. EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD CUANDO DICHOS MEDIOS DE DEFENSA SE ENCUENTRAN PREVISTOS EN UN REGLAMENTO ADMINISTRATIVO Y NO EN LA LEY QUE ESTE REGLAMENTA. ARTÍCULO 23 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN” en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, octava época, Tomo III, Parte TCC, p. 536.
Tesis “RECURSOS ADMINISTRATIVOS. SU INTERPOSICION SIGNIFICA PARA LOS PARTICU-LARES NO SOLAMENTE UN DERECHO, SINO TAMBIEN UNA CARGA” en el Semanario Judicial de la Federación, octava época, tomo I-Segunda Parte-2, p. 578 (Amparo directo 1757/87. Servicio de Vigilancia TUMY, S.A. 19 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Adriana Leticia Campuzano Gallegos).
Loc. cit.
Cfr. De la Huerta-Portillo, Mario, “El control de la administración” en Cortiñas-Peláez, León (dirección), Introducción al Derecho Administrativo, I, segunda edición, México, Porrúa, 1994, pp. 291 a 319, y Vázquez Alfaro, José Luis, op. cit. supra nota 14.
De manera implícita lo hizo Carrillo Flores, Antonio, op. cit. supra nota 15, pp. 9-28, y explícitamente Fix-Zamudio, Héctor, op. cit. supra nota 1, pp. 11, 12 y 21.
Fix-Zamudio, Héctor, loc. cit.
Cf. Pérez López, Miguel, “La justicia administrativa en la Constitución federal mexicana” en Alegatos, número 41, enero-abril de 1999, pp. 97-108.
Respecto a los beneficios de las leyes uniformes de procedimiento administrativo, vid. Pérez López, Miguel, “Los principios del procedimiento administrativo. El caso de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo” en Revista del Instituto de la Judicatura Federal, número 5, 1999, pp. 315-320.
Diario Oficial de la Federación de 31 de diciembre de 1994.
Gaceta Oficial del Distrito Federal de 31 de diciembre de 2000.
Diario Oficial “El Estado de Jalisco” de 17 de julio de 2000.
Fraga, Gabino, op. cit. supra nota 11, pp. 257-262; Fix-Zamudio, Héctor, op. cit. supra nota 1, pp. 47-48; id., “La necesidad de una ley de procedimiento administrativo y de la responsabilidad patrimonial de la administración pública en el Distrito Federal” en Memoria El Colegio Nacional, 1993, México, pp. 245-273; Hamdan Amad, Fauzi, “Necesidad de incorporar a nuestro sistema jurídico un Código Federal Administrativo y un tribunal Federal de Justicia Administrativa” en VV. AA., Estudios Jurídicos en honor de Raúl F. Cárdenas, México, Porrúa, 1983, pp. 257-267; Ruiz Massieu, José Francisco, “El procedimiento administrativo y la experiencia mexicana” en Revista de Investigaciones Jurídicas, año 7, número 7, México, Escuela Libre de Derecho, 1983, pp. 281-297; Osornio Corrés, Francisco Javier. “Reflexiones sobre la conveniencia de codificar la legislación procesal administrativa” en Reforma procesal. Estudios en memoria de Niceto Alcalá-Zamora y Castillo, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, 1987, pp. 237-251; Serrano Migallón, Fernando. El particular frente a la Administración, segunda edición, México, Porrúa, 1991; y Pérez López, Miguel, “Notas sobre el procedimiento administrativo”, en Vínculo jurídico, núm. 19, julio-septiembre de 1994, Zacatecas, Universidad Autónoma de Zacatecas.
Diario Oficial de la Federación de 4 de agosto de 1994. Sobre la LFPA se ha producido una considerable biblio-hemerografía: Acosta Romero, Miguel, Herrán Salvatti, Mariano y Venegas Huerta, Francisco Javier, Ley Federal de Procedimiento Administrativo y Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal comentadas, México, Porrúa, 1996; Lucero Espinosa, Manuel, Ley Federal de Procedimiento Administrativo comentada, México, Porrúa, 1996; Mansilla y Mejía, María Elena, Ley Federal de Procedimiento Administrativo, México, Oxford, 1999; Armienta Hernández, Gonzalo, op. cit. supra nota 4, pp. 131-138; González Pérez, Jesús, Procedimiento administrativo federal. Segunda edición ampliada al estudio de la ley de procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 3ª edición, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM-Porrúa, 2000; Nava Negrete, Alfonso, “Ley Federal de Procedimiento Administrativo (breves comentarios)” en Serrano Migallón, Fernando (coord.), Estudios jurídicos en memoria de Eduardo García Máynez, México, Porrúa, 1996, pp. 411-427; Pérez López, Miguel, op. cit. supra nota 45; id., “La Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Sus expectativas y secuelas” en VV. AA., Los grandes problemas jurídicos Recomendaciones y propuestas. Estudios jurídicos en memoria de José Francisco Ruiz Massieu, México, Porrúa, 1995, pp. 291-208; id., “El recurso de revisión de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo” en Revista de Investigaciones Jurídicas, México, número 24, 2000, p. 379-412; Vázquez Alfaro, José Luis, op. cit. supra nota 14, pp. 81-84, e id., “Reflexiones sobre el procedimiento administrativo. A propósito de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo” en VV. AA., Los grandes problemas jurídicos. cit., pp. 381-404.
Como antecedente doctrinal directo de la LFPA, cfr. Hamdan Amad, Fauzi, “Necesidad de incorporar a nuestro sistema jurídico un Código Federal Administrativo y un Tribunal Federal de Justicia Administrativa” en VV. AA., Estudios Jurídicos en honor de Raúl F. Cárdenas, México, Porrúa, 1983, pp. 257-267.
Diario Oficial de la Federación de 19 de diciembre de 1995.
Gaceta del Gobierno de 7 de febrero de 1997.
Los artículos 91 a 98 de Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes se refieren al recurso de inconformidad (Periódico Oficial del Estado de 14 de febrero de 1999)
Los artículos 81 a 97 del Código de Justicia Administrativa del Estado de Durango se refieren al recurso de inconformidad (Periódico Oficial del Gobierno del Estado de 11 de marzo de 2004).
En lugar de ser una ley aplicable a cualquier procedimiento administrativo (contencioso o no contencioso), la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos (Periódico Oficial “Tierra y Libertad” de 6 de septiembre de 2000) tiene por objeto regular un procedimiento administrativo de impugnación de los actos administrativos dictados o ejecutados por los servidores públicos de la administración pública estatal o municipal (artículo 1), más que establecer las garantías para los administrados que deben gozar en los procedimientos administrativos.
Los artículos 115 a 129 de Ley de Justicia y Procedimientos Administrativos del Estado de Nayarit consagran el recurso de inconformidad (Periódico Oficial del Estado de Nayarit de 14 de febrero de 1999).
El recurso de revisión previsto en los artículos 109 a 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado y Municipios publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” de 29 de septiembre de 2003.
Los artículos 90 a 108 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado y Municipios publicada en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí de 27 de marzo de 2001.
El recurso de revocación está regulado en los artículos 260 a 277 del Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicado en la Gaceta Oficial del Estado del 29 de enero de 2001.
Recurso de revisión regulado en los artículos 128 a 137 del Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán de Ocampo de 23 de agosto de 2007.
Vázquez Alfaro, José Luis, op. cit. supra nota 14, pp. 83.
Fix-Zamudio, Héctor, op. cit. supra nota 1, pp. 48-51.
Diario Oficial de la Federación de 24 de diciembre de 1996.
Diario Oficial de la Federación de 19 de abril de 2000.
Diario Oficial de la Federación de 30 de mayo de 2000.
Tesis 2a./J. 82/2000 visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XII, septiembre de 2000, p. 49 (Contradicción de tesis 18/2000-SS, 18 de agosto de 2000, cinco votos, ponente: Juan Díaz Romero, Secretario: José Luis Rafael Cano Martínez).
Tesis I.13o.A.19 A visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XIV, julio de 2001, p. 1141 (Amparo en revisión 2993/2001. Glaxo Group, Ltd. 14 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Rosalba Becerril Velázquez. Secretario: Marat Paredes Montiel).
Tesis I.13o.A.23 A visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XIV, julio de 2001, p. 1142 (Amparo en revisión 2993/2001. Glaxo Group, Ltd.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo X, octubre de 1999, p. 448.
Tesis I.6o.A.26 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XV, abril de 2002, p. 1211 (Amparo en revisión 676/2001. Societé Des Produits Nestlé, S.A. 28 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: José Alejandro Luna Ramos. Secretaria: Rocío Balderas Fernández).
Correlativa a este criterio puede verse la tesis XXI.1o.36 A del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, de rubro “REVISIÓN, RECURSO ADMINISTRATIVO DE. TRATÁN-DOSE DEL PREVISTO POR LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, AL SER OP-TATIVO, NO ES NECESARIO AGOTARLO ANTES DE ACUDIR AL AMPARO”, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo VI, diciembre de 1997, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 691 (Amparo en revisión 265/97. Transporte Terrestre Paraíso Aeropuerto Acapulco, S.A. de C.V. 12 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Joaquín Dzib Núñez. Secretario: Salvador Vázquez Vargas).
Tesis I.1o.A.15 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo V, abril de 1997, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1211 (Amparo en revisión 3751/96, Maricela Díaz Tello, 6 de diciembre de 1996, Unanimidad de votos, Ponente: Samuel Hernández Viazcán, Secretario: Serafín Contreras Balderas, y Amparo en revisión 3061/96, Effem México, Inc. y Compañía, S. en C. de C.V., 16 de octubre de 1996, Unanimidad de votos, Ponente: Samuel Hernández Viazcán, Secretaria: Oliva Escudero Contreras).
Tesis I.8o.A.59 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXII, agosto de 2005, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1999 (Amparo directo 465/2004. Elektrafin Comercial, S.A. de C.V., 18 de abril de 2005, Unanimidad de votos, Ponente: María Guadalupe Saucedo Zavala, Secretaria: Hortensia González Barajas).
Tesis V.2o.61 A visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XVI, julio de 2002, página 1388 (Amparo directo 655/2001, Hidrogas de Agua Prieta, S.A., 21 de febrero de 2002, unanimidad de votos, ponente: José Manuel Blanco Quihuis. secretario: Cruz Fidel López Soto).
Tesis I.7o.A.252 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XVIII, noviembre de 2003, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 977 (Amparo en revisión 5207/2003. Tardán Hermanos Sucesores, S.A. 22 de octubre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Carlos Alfredo Soto Morales).
Tesis 2a./J. 56/2002 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XVI, julio de 2002, Segunda Sala, p. 351 (Contradicción de tesis 35/2002-SS. 7 de junio de 2002. Unanimidad de cuatro votos. Ausentes: José Vicente Aguinaco Alemán y Mariano Azuela Güitrón. Integró Sala el Ministro Juventino V. Castro y Castro. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer).
Correlacionada con esta jurisprudencia es la tesis jurisprudencial I.4o.A. J/18 del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con rubro “RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. NO ES NE-CESARIO AGOTARLO CUANDO EN LA RESOLUCIÓN RECLAMADA NO SE INDICA QUE ÉSTE PRO-CEDE EN SU CONTRA”, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XV, junio de 2002, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 553.
Pérez López, Miguel, “Los principios del procedimiento administrativo. El caso de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo” en Revista del Instituto de la Judicatura Federal, número 5, México, diciembre de 1999, pp. 315-344.
Tesis 2a. LXXXIV/2001 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XIII, junio de 2001, Segunda Sala, p. 351 (Amparo en revisión 644/2000. Cadena Comercial Oxxo, S.A. de C.V. 17 de abril de 2001. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Rafael Coello Cetina).
Tesis XXI.3o.15 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XVIII, octubre de 2003, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1100 (Amparo en revisión 212/2003. Lucía Morales García. 13 de junio de 2003. Unanimidad de votos. Ponente Jorge Carreón Hurtado. Secretario: Octavio Ibarra Ávila).
Tesis XXI.3o.11 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XVII, mayo de 2003, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1213 (Amparo en revisión (improcedencia) 12/2003. Lucía Morales García. 29 de enero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretario: Octavio Ibarra Ávila.).
Tesis I.7o.A.237 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XVIII, agosto de 2003, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1816 (Amparo en revisión 2477/2003. Mudanzas Zavala, S.A. de C.V. y otra. 25 de junio de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Gustavo Naranjo Espinosa).
Tesis V.3o.11 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XIV, diciembre de 2001, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1797 (Amparo directo 604/2000. Atunes y Derivados, S.A. de C.V. 30 de noviembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús María Flores Cárdenas. Secretario: Rodrigo Rodríguez Tepezano).
Tesis XI.2o.24 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXIII, marzo de 2006, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 2092 (Amparo en revisión 547/2005. Súper Papelera, S.A. de C.V. 19 de enero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretario: Juan Ramón Barreto López).
Por ello considero que se quedó sin materia la tesis II.A.71 A del Tribunal Colegiado en materia administrativa del Segundo Circuito con rubro “RECURSO DE REVISIÓN. EL PREVISTO EN LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE FUE DERO-GADO AL ENTRAR EN VIGOR LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO”, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo X, agosto de 1999, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 792 (Amparo directo 1059/98, Rafytek, S.A. de C.V., 15 de abril de 1999, Unanimidad de votos, Ponente: Darío Carlos Contreras Reyes, Secretaria: María Dolores Omaña Ramírez).
Tesis 2a./J. 120/2006 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXIV, agosto de 2006, Segunda Sala, p. 296 (Contradicción de tesis 103/2006-SS. 10 de julio de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Agustín Tello Espíndola).
Tesis XXI.2o.P.A.51 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXV, mayo de 2007, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 2093 (Amparo en revisión 304/2006, Cristóbal Alfonso Hernández Mejía, 13 de septiembre de 2006, Unanimidad de votos, Ponente: Jesús Rafael Aragón, Secretaria: Ma. Guadalupe Gutiérrez Pessina, y Amparo en revisión 251/2006. Norma Angélica Fuentes Velásquez. 13 de septiembre de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretaria: Ma. Guadalupe Gutiérrez Pessina).
Tesis 2a. LXXXVII/2003 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XVII, junio de 2003, Segunda Sala, p. 291 (Contradicción de tesis 154/2002-SS, 30 de mayo de 2003, Cinco votos, Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán, Secretario: Emmanuel Rosales Guerrero).
Tesis I.13o.A.129 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXV, abril de 2007, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1682 (Amparo directo 343/2006, Agromundo, S.A. de C.V., 23 de noviembre de 2006, Unanimidad de votos, Ponente: Rolando González Licona, Secretario: Ramón Alberto Montes Gómez).
Tesis 2a./J. 123/2007 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXVI, agosto de 2007, Segunda Sala, p. 568 (Contradicción de tesis 129/2007-SS, Cinco votos, Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos; Secretaria: Claudia Mendoza Polanco).
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XVI, julio de 2002, Segunda Sala, p. 458 (Amparo en revisión 234/2001, Gerardo Olmos Urdiales, 26 de abril de 2002, Cinco votos, Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán, Secretaria: Constanza Tort San Román).
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXIII, febrero de 2006, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1797 (Amparo en revisión (improcedencia) 533/2004. María José Iañez Ruiz y otra. 9 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Elías Álvarez Torres. Secretario: Mario Humberto Hernández Gómez).
Tesis I.13o.A. J/3 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XIV, septiembre de 2001, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1130.
Tesis I.7o.A.131 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XIV, julio de 2001, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1140.
Tesis I.10o.A. J/3 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XIX, abril de 2004, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1359.
Tesis I.12o.A.26 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XV, abril de 2002, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1369 (Amparo directo 9432/2001. Avantel, S.A. 10 de enero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Arturo Camero Ocampo. Secretario: Alfredo Cid García).
Tesis I.1o.A.131 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXIII, enero de 2006, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 2457 (Revisión fiscal 391/2003, Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, 30 de enero de 2004, Unanimidad de votos, Ponente: Carlos Ronzon Sevilla, Secretario: Rodrigo Mauricio Zerón de Quevedo).
Tesis I.8o.A.5 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XIII, marzo de 2001, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1772 (Amparo directo 308/2000, Ómnibus Cristóbal Colón, S.A. de C.V., 8 de mayo de 2000, Unanimidad de votos, Ponente: Samuel Hernández Viazcán, Secretario: Serafín Contreras Balderas).
Tesis VI.1o.A.134 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XVII, mayo de 2003, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1253 (Amparo en revisión 311/2002. Secretario de Educación Pública del Estado de Puebla y otra. 19 de febrero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Zelonka Vela. Secretario: Enrique Cabañas Rodríguez).
Tesis II.3o.A.24 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXII, octubre de 2005, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 2401 (Amparo en revisión 338/2004. Núcleo de Población Ejidal Río Frío de Juárez, Municipio de Ixtapaluca, Estado de México. 16 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel de Jesús Rosales Suárez. Secretario: Marco Quintana Vargas).
Tesis I.9o.A.29 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XIV, septiembre de 2001, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1346 (Amparo directo 179/2001. Cobre de México, S.A. de C.V. 22 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Germán Cendejas Gleason. Secretario: Omar Pérez García).
Tesis I.13o.A.114 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXI, abril de 2005, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1346 (Amparo directo 77/2003. Consorcio Firme Plus, S.A. de C.V. 31 de marzo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Rosalba Becerril Velázquez. Secretaria: Fabiana Estrada Tena).
Tesis: I.5o.A.11 A en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXI, febrero de 2005, Tribunales Colegiados de Circuito, p. 1763 (Revisión fiscal 269/2004. Directora spanisional de Asuntos Jurídicos, titular de la unidad administrativa encargada de la defensa jurídica del organismo público descentralizado Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. 18 de noviembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: María Rocío Ruiz Rodríguez. Secretaria: Larisa González de Anda).
Tesis 2a./J. 101/2004 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XX, agosto de 2004, Segunda Sala, p. 568 (Contradicción de tesis 80/2004-SS, 2 de julio de 2004, Unanimidad de cuatro votos, Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Ponente: Juan Díaz Romero, Secretaria: Sofía Verónica Ávalos Díaz) (cursivas mías).
I. Introducción
II. La teoría del recurso administrativo
1.Definición del recurso administrativo
2. El fundamento de los recursos administrativos
3. La clasificación de los recursos administrativos
4.El recurso administrativo en el Derecho constitucional mexicano
5.El recurso administrativo según la jurisprudencia del Poder Judicial la Federación
III. El recurso administrativo en el esquema de la justicia administrativa
1. La opción de los recursos administrativos
2. La expedición de la LFPA y sus reformas
IV. La interpretación del Poder Judicial de la Federación sobre el recurso de revisión: tesis relevantes
1. La interposición optativa del recurso de revisión
2. Presupuestos de procedibilidad del recurso de revisión
3, El ámbito material del recurso de revisión
4. La relación del recurso de revisión con el juicio de amparo
5.Reglas de tramitación del recurso
6.La improcedencia del recurso de revisión tratándose de actos de autoridades administrativas laborales
V. Conclusiones
Referencias
Bibliografía
Hemerografía
Legislación
Jurisprudencia
I. Introducción
II. La teoría del recurso administrativo
1.Definición del recurso administrativo
2. El fundamento de los recursos administrativos
3. La clasificación de los recursos administrativos
4.El recurso administrativo en el Derecho constitucional mexicano
5.El recurso administrativo según la jurisprudencia del Poder Judicial la Federación
III. El recurso administrativo en el esquema de la justicia administrativa
1. La opción de los recursos administrativos
2. La expedición de la LFPA y sus reformas
IV. La interpretación del Poder Judicial de la Federación sobre el recurso de revisión: tesis relevantes
1. La interposición optativa del recurso de revisión
2. Presupuestos de procedibilidad del recurso de revisión
3, El ámbito material del recurso de revisión
4. La relación del recurso de revisión con el juicio de amparo
5.Reglas de tramitación del recurso
6.La improcedencia del recurso de revisión tratándose de actos de autoridades administrativas laborales
V. Conclusiones
Referencias
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