La facultad del IMSS para rectificar o determinar la prima de riesgos de trabajo no viola las garantías de audiencia y de seguridad jurídica de los patrones

Práctica FiscalNúm. 506, Mayo 2008

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Abogados Fiscal

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La facultad del IMSS para rectificar o determinar la prima de riesgos de trabajo no viola las garantías de audiencia y de seguridad jurídica de los patrones

De acuerdo con el artículo 74 de la LSS, las empresas tienen obligación de revisar anualmente su siniestralidad ocurrida durante el periodo comprendido entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre del año de que se trate, y presentar ante el IMSS durante el mes de febrero, la declaración de la nueva prima de riesgos de trabajo mediante los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el progr...

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