¿Ya realizó los trámites fiscales necesarios para quedar exento del IETU a partir de 2008?
Práctica Fiscal › Núm. 492, Diciembre 2007
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Práctica Fiscal › Núm. 492, Diciembre 2007
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El próximo 1o. de enero entrará en vigor la nueva Ley del IETU. Es de señalar que este gravamen también aplicará a algunas personas físicas y morales que se encuentren exentas del pago del ISR, a menos que realicen algunos trámites fiscales, como la solicitud de autorización para recibir donativos deducibles para el ISR o la solicitud de inscripción en el RFC.
Se indican dichos trámites, con objeto de que los contribuyentes a quienes les sean aplicables no paguen el IETU a partir de 2008.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
¿Ya realizó los trámites fiscales necesarios para quedar exento del IETU a partir de 2008?
El próximo 1o. de enero entrará en vigor la nueva Ley del IETU. Es de señalar que este gravamen también será aplicable a algunas personas físicas y morales que se encuentren exentas del pago del ISR, a menos que realicen a...
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