La procuraduría mexiquense se transforma en fiscalía autónoma

AutorAlejandro Jaime Gómez Sánchez
Páginas38-39

Page 38

El Derecho es un cuerpo vivo y se debe ir ajustando a las condiciones sociopolíticas y económicas del país respectivo. Sin duda, estamos en consolidación de nuestra democracia, y un elemento fundamental de ésta es la calidad de la justicia penal.

La procuración de justicia es parte esencial del sistema de justicia penal, ya que constituye el motor del acceso a la justicia por parte de las víctimas u ofendidos y el impulso del ius puniendi del Estado.

Desde las discusiones de Luis Cabrera con Emilio Portes Gil en los años treinta del siglo XX se perfilaba la necesidad de que la institución de procuración de justicia penal fuese autónoma de los tres poderes clásicos del Estado democrático.

Muchos intentos para alcanzar esa autonomía se dieron en el camino, pero es hasta el día 10 de febrero de 2014 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma político-electoral, la cual, entre otros puntos, adiciona al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) la fracción IX, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 116. El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un solo individuo.

”Los poderes de los estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas:

”I. a la VIII. […]

”IX. Las constituciones de los estados garantizarán que las funciones de procuración de justicia se realicen con base en los principios de autonomía, eficiencia, imparcialidad, legalidad, objetividad, profesionalismo, responsabilidad y respeto a los derechos humanos.”

La citada reforma en materia político-electoral, ya en vigor, ordena construir una autoridad encargada de la procuración de justicia autónoma en la investigación y la persecución de los delitos, sometida únicamente a la ley.

Es así que al menos seis entidades federativas han asumido el modelo de fiscalía general autónoma, con diversos matices y modalidades, y siete más se han convertido en fiscalías. De igual forma está en marcha la transformación de la Procuraduría General de la República en Fiscalía General de la República, por lo que la tendencia hacia las fiscalías autónomas de los tres poderes es irreversible.

A nivel internacional la existencia de fiscalías en lugar de procuradurías es una añeja tradición anglosajona que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR