La ley tributaria, principales teorías, criterios y métodos de interpretación fiscal a la luz de la doctrina

AutorMaría Angélica Nava Rodríguez - Alejandro Antonio Saiz Zorrilla
Páginas135-170
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les teorías métodos y criterios de interpretación de las leyes, por lo tanto,
se est udiarán las tres teorías que la literat ura jurídica moderna nos proporciona:
una teoría cognitiva o formalística, una teor ía escéptica y una intermedia entre
las dos anteriores; asimismo estudiaremos los criterios de interpretación jurídi-
ca atendiendo a sus resultados: interpretación declarativa, rest rictiva, extensiva y
progresiva o evolutiva; a los principales métodos existentes: exegético, sistemáti-
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alguna de las escuelas de interpretación jurídica ya estudiadas, y a las fuentes de
creación de la interpretación jurídica, es decir, la interpretación legislativa, doc-
trinal, judicial y administrativa.
Igualmente trataremos en este Capítulo lo relacionado con la interpretación ad-

principalmente porque rige las relaciones de la administración pública, incluyendo
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go la ejecución de las leyes en la esfera administrativa, ya sea a través de resolucio-
nes de carácter general (recursos administrativos) o de resoluciones a particulares
(contestación de consultas a los administrados).
También por las modalidades especiales que tienen las leyes tributarias en
razón a sus nexos con la contabilidad, la economía y las finanzas, y a la na-
turaleza peculiar de las relaciones jurídicas entre el fisco y los contribuyentes
se justifica que el derecho fiscal tenga sus normas y criterios especiales de
interpretación.
Capítulo IV
La ley tributaria, principales teorías,

a la luz de la doctrina
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CA P Í T U L O IV. LA LE Y T R I B U TA R I A , P R I N C I P A L E S T E O R Í A S , C R I T E R I OS Y M É T O D O S
Haremos asimismo un estudio de la jurisprudencia, especialmente la que se re-
laciona con el tema que nos ocupa, explicando de manera breve el contenido de
algunas tesis.
4.1. La Ley Tributaria
4.1.1. Concepto de Ley Tributaria
La ley tributaria es un conjunto de normas jurídicas creadas por el poder público
   
permitirá cumplir con las funciones que le son inherentes.
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obligación de carácter económico a cargo de los gobernados y en favor del Estado,
sólo puede existir válidamente y ser exigible si su existencia dimana de una ley, es
decir, el cobro de un impuesto debe observar el principio de legalidad en materia
tributaria; en consecuencia, si el cobro de una contribución se apoyara en un re-
glamento, una circular o cualquier otra disposición administrativa, sería ilegal e
inconstitucional.2
La Suprema Corte ha establecido el principio de legalidad en tesis de jurispru-
dencia, que en lo conducente señala:
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1 Mabarak Cerece do, Doricela (2000), México, MC. Graw Hill, segu n-
da edición, p. 53.
2 Ibidem.
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MA R Í A AN G É L I C A NA V A RO D R Í G U E Z Y AL E J A N D R O AN T O N I O SA I Z ZO R R I L L A
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establece la exigencia de que las contribuciones se impongan únicamente por medio
de una ley que tenga las características de ser formal y materialmente legislativa;
esto es, que emane del Poder Legislativo y tenga las características de generalidad,
abstracción y bilateralidad.
Conforme a la división de poderes la producción del acto legislativo es facultad
del Congreso de la Unión y por esta razón, él y sólo él, podrá emitir leyes en sentido
formal y material, y tratándose de leyes que establezcan contribuciones se requiere
además que la Cámara de Diputados sea la de origen, en razón de que representa al
pueblo y tiene la obligación de velar por los intereses del mismo.
La fracción IV del A R T Í C U L O 31 es el fundamento constitucional de las contribu-
ciones y consagra aunado a la obligación de contribuir para los gastos públicos del
Estado, las garantías de legalidad, proporcionalidad y equidad; del mismo precepto
se deducen las características de las contribuciones: Su naturaleza netamente perso-
nal; son aportaciones pecuniar ias; su producto se debe destinar al gasto público; la
aportación debe ser proporcional y equitativa y sólo se pueden establecer mediante
disposición legal; (las últimas tres características ya fueron señaladas como garan-
tías en favor del contribuyente).
      A R T Í C U L O 2º del Código Fiscal de la
Federación en: Impuestos, Aportaciones de Seguridad Social, Contribución de me-
joras y Derechos, así como los accesorios que tengan la misma naturaleza que las
contribuciones.4
El Impuesto es en nuestro derecho positivo la principal de las contribuciones,
Rodríguez Lobato lo considera como “       
3 Suprema Cor te de Justicia de la Nación, Segunda sala, séptima épo ca, vols. 91-96, primera par te,
México, 1996, Se  p. 858.
4 Delgadil lo Gutiérrez, Luis Humber to,  p. 61.

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