Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003 y sus anexos 11, 14 y 19 (DOF 24/IV/2003)

Práctica FiscalNúm. 325, Mayo 2003

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Abogados Fiscal

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Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003 y sus anexos 11, 14 y 19 (DOF 24/IV/2003)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2003 Y SUS ANEXOS 11, 14 Y 19.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 4o., fracción XVII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el Servicio de Administración Tributaria resuelve:

Primero. Se reforman las reglas 3.10.1.; 3.10.2., primer párrafo, fracciones I, II y IV, segundo, penúltimo y último párrafos; 3.10.3., rubros A, B, primer párrafo, E, F, numerales 1 y2,yH; 3.10.4.; primero y último párrafos; 3.11.1., primer párrafo; 3.11.2.; 3.11.3., primer párrafo; 3.19.10.; 3.31.4., primer párrafo; 3.31.12.; 3.31.15., segundo párrafo; Artículo Décimo Primero de las Disposiciones Transitorias y se adicionan las reglas 2.1.14.; 2.4.24.; 2.4.25.; 2.10.23.; 3.10.3., con un rubro I; 3.12.10.; 3.13.4.; con un último párrafo; 3.19.22.; y 5.2.12.; de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003 en vigor, para quedar de la siguiente manera:

2.1.14. Para los efectos del artículo 12 del Código, se considerarán días inhábiles, el periodo comprendido por los días 17 y 18 de abril de 2003.

2.4.24. Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo del Código, los contribuyentes que lleven su contabilidad utilizando registros electrónicos que asignen el folio en los comprobantes que se mencionan en el primer párrafo de la regla 2.4.7. de esta Resolución, podrán ser autorizados a imprimir sus propios comprobantes, siempre que presenten solicitud ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente o ante la Administración Central Jurídica de Grandes Contribuyentes, según corresponda. Para ello, a dicha solic...

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