El primer código penal de Guanajuato (1871)

Epikeia. Revista de Derecho y PolíticaNúm. 14, Junio 2010Sumario

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Resumen


Por extraño que pudiera parecer, la mayoría de los abogados desconocemos la manera en la que, a partir de la consumación de la Independencia Nacional, se fueron forjando las codificaciones que dieron origen a nuestro actual sistema positivo. Además, historiadores y abogados solemos ignorar si nuestro primer Código Penal fue de creación propia o simplemente una mera adopción del que formó para el Distrito Federal el Licenciado Antonio Martínez de Castro. Partiendo de dichas cuestiones, a través de los presentes apuntes pretendemos abordar, en lo particular, el contexto en que surge nuestro primer Código Criminal, remarcando y reconociendo el esfuerzo de un puñado de estudiosos legisladores y abogados locales que con su dedicación, empeño y tesón, dieron forma a nuestra primera manifestación punitiva, rescatando del olvido histórico su ingente aportación a las ciencias jurídicas-penales de nuestra Patria y del Estado de Guanajuato.

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El primer código penal de Guanajuato (1871)

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El primer código penal de Guanajuato (1871)

Edmundo Iván Lozano Serna

Licenciado en Derecho y Profesor de asignatura de la UIA León; diplomado por el Institut International des Droits de l´ Homme de Estrasburgo, Francia; ex becario de la Escuela de Estudios Hispanoamericanos de Sevilla, España.

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Por extraño que pudiera parecer, la mayoría de los abogados desconocemos la manera en la que, a partir de la consumación de la Independencia Nacional, se fueron forjando las codificaciones que dieron origen a nuestro actual sistema positivo. Además, historiadores y abogados solemos ignorar si nuestro primer Código Penal fue de creación propia o simplemente una mera adopción del que formó para el Distrito Federal el Licenciado Antonio Martínez de Castro. Partiendo de dichas cuestiones, a través de los presentes apuntes pretendemos abordar, en lo particular, el contexto en que surge nuestro primer Código Criminal, remarcando y reconociendo el esfuerzo de un puñado de estudiosos legisladores y abogados locales que con su dedicación, empeño y tesón, dieron forma a nuestra primera manifestación punitiva, rescatando del olvido histórico su ingente aportación a las ciencias jurídicas-penales de nuestra Patria y del Estado de Guanajuato.

Introducción

En más de una ocasión el ilustre historiador sevillano, don Antonio Muro Orejón, sostuvo que la independencia mexicana respecto a España fue en todos los aspectos menos en uno: el jurídico. Con similar orientación, el maestro don Alfonso García Gallo afirmaba que, en Hispanoamérica, las Partidas Alfonsinas es...

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